Manual Catastro miraflores

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GUIA DE ENCUESTA PARA EL CATASTRO URBANO MUNICIPAL LEVANTAMIENTO Y ACTUALIZACIÓN CATASTRAL / COMPLEMENTO GRÁFICO

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GUIA DE ENCUESTA PARA EL CATASTROURBANO MUNICIPAL

LEVANTAMIENTO Y ACTUALIZACIÓN CATASTRAL / COMPLEMENTO GRÁFICO

I N D I C E

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Página

INTRODUCCION 3

I CONCEPTOS GENERALES

1.1 Conceptos básicos 4 - 71.2 Catastro Municipal

1.2.1 Catastro Municipal1.2.2 Aspectos1.2.3 Finalidades1.2.4 Objetivos

1.3 Unidad Catastral1.3.1 Definición1.3.2 Ubicación

II LEVANTAMIENTO Y ACTUALIZACION CATASTRAL2.1 Encuesta catastral2.2 Verificación de la información en campo2.3 Fuentes de información2.4 Linderación y areado2.5 Corrección de áreas 2.6 Control de calidad2.7 Calidad muestral

III CONSIGNACION DE DATOS EN LAS FICHAS CATASTRALES

3.1 Ficha catastral3.2 Ficha de propietarios3.3 Ficha de bien común

IV CASOS BASICOS Y COMBINACION DE CASOS

V CASUISTICA DEL DISTRITO DE MIRAFLORES

VI CODIFICACION DE LA FICHA DE BIENES COMUNES (LEY 27157)

VII CASUISTICAS DEL DISTRITO DE MIRAFLORES

VIII CODIFICACIÓN DE LA FICHA DE BIENES COMUNES

COMPLEMENTO GRÁFICO

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I GENERALIDADES

1.1 Rotulado1.2 Complemento gráfico1.3 Objetivo1.4 Datos que deben levantarse1.5 Material de consulta1.6 Trabajo preliminar

II PROCEDIMIENTO

2.1 Trabajo de campo2.2 Trabajo de gabinete2.3 Control de calidad

III DETERMINACION DE LA LINEA DE OPERACIÓN

3.1 Reglas generales3.2 Conceptos generales3.3 Actualización de las veredas y bermas

ANEXOS.

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INTRODUCCIÓN

La presente guía de encuestas para el Levantamiento / Actualización Catastral permitirá minimizar las posibilidades de error a través de una estandarización de conceptos, uniformidad de la información obtenida en campo y definiciones mediante muestras de casos de dudosa interpretación, codificaciones a emplearse, reglas para escritura y nomenclatura. Se incluyen anexos que contienen las tablas y los códigos a utilizar.

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I CONCEPTOS GENERALES

1.1 CONCEPTOS BASICOS

Línea de propiedadEs el lindero del lote que da frente a la vía pública o que separa la propiedad de la vía pública, que está consignado o definido en el título de propiedad y que generalmente es paralelo al eje de la vía.

Línea municipalEs la línea paralela al eje de la vía, que determina el límite hasta donde es posible edificar por disposición del consejo municipal. Esta línea coincide con la línea de propiedad cuando no exista disposición que obligue al propietario a retirar su edificación de la línea de propiedad. Esta línea municipal no obliga a que la edificación llegue hasta allí, pues es optativo del propietario el retirar su edificación aún más que la que determine la línea municipal y con la línea de propiedad.

Línea de edificaciónEs la línea paralela al eje de vía o la línea de propiedad tangente al punto más saliente de la edificación.Cuando no exista retiro delantero obligatorio, la línea de edificación frontal puede coincidir con la línea de propiedad.

Retiro delanteroEs la separación obligatoria entre la línea de propiedad y la línea municipal, tomada esta distancia en forma perpendicular a ambas líneas y a todo lo largo del frente o de los frentes.El retiro delantero o separación de la edificación con respecto a la línea de propiedad está determinada o facultada para cada zona.

Retiro lateralEs la separación obligatoria entre el lindero lateral del lote y la línea de edificación, tomada esta distancia en forma perpendicular a ambas líneas y en la extensión que determine lo establecido en el reglamento de zonificación correspondiente.

Retiro posteriorEs la separación obligatoria entre el lindero posterior o del fondo del lote y la línea de edificación, tomada esta distancia en forma perpendicular a ambas líneas y en la extensión que determine lo establecido en el reglamento de zonificación correspondiente.

Retiro en esquinaEs la separación obligatoria entre la intersección de las líneas de propiedad en la esquina y la línea municipal en la esquina, esta línea municipal en la esquina esta determinada por la perpendicular a la bisectriz del ángulo formado por las líneas de propiedad correspondientes a cada vía que conforman la esquina.

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La obligación de que la línea de edificación en la esquina no sobrepase la línea municipal, no obliga de ninguna manera la construcción de ochavos.

Área techadaEl área encerrada por el perímetro de la proyección de los techos con cualquier tipo de cobertura, sobre el plano del plano. Incluye los muros, los aleros y los espacios con dobles o mayores alturas, y excluye la proyección de vigas, cornisas, jardineras y otros elementos arquitectónicos elevados que no constituyen techos.

Área libreEn el primer piso, el área resultante de la entere el área del terreno y el área techada de ese piso de la edificación. En los pisos superiores, la resultantes de la diferencia entre el área ocupada y el área techada del piso correspondiente. Los porcentajes que fijan los parámetros edificatorios están referidos al área libre del primer piso.

Área ocupadaEl área total del piso correspondiente, que incluye áreas techadas y libres, cercos, etc.

Casco habitable

La edificación que cuenta con estructuras, muros falsos pisos y/o contrapisos, techos, instalaciones sanitarias y eléctricas, aparatos sanitarios, puertas y ventanas exteriores, puerta de baño y acabados exteriores con excepción de pintura.

Documento de fecha ciertaEs el documento privado que adquiere idoneidad para acreditar con certeza la fecha de realización del acto o contrato contenido en él. En este sentido, son documentos de fecha cierta los siguientes:

EdificacionesLas estructuras arquitectónicas que requieren cumplir condiciones mínimas de habitabilidad para albergar a las personas en el desarrollo de cualquiera de sus actividades.

Obra por autoconstrucciónLa modalidad de obra progresiva y planificada, que se ejecuta directamente bajo responsabilidad del propietario con supervisión técnica del delegado de la comisión técnica supervisora de obra.

Obra por encargoLa modalidad de obra que se ejecuta bajo responsabilidad profesional y dirección técnica de un arquitecto o ingeniero civil colegiado, contratado para tal fin por el propietario

Parámetros urbanísticos y edificatoriosLas disposiciones que determinan la normativa urbanística y los índices edificatorios regulados por los respectivos planes urbanos o proyectos

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urbanísticos integrales. La normativa urbanística esta referida a la clasificación del territorio urbano y de las áreas de actuación urbanística, a la zonificación, a los índices de usos compatibles y a las densidades; mientras que los índices edificatorios están referidos al coeficiente de edificación, las alturas, al porcentaje mínimo de área libre, los retiros y el índice de estacionamiento, entre otros.

Predeclaratoria de fábricaLa anotación preventiva, en el registro público respectivo de un proyecto de

declaratoria de fábrica elaborada a partir de los planos de obra y especificaciones técnicas que cuentan con aprobación municipal.

Saneamiento de titulaciónEs el trámite destinado a obtener la titulación o acreditación de propiedad del terreno sobre el que se levanta la edificación a regularizar, a fin de hacerla idónea para su acceso al registro. Comprende los trámites de declaración de prescripción adquisitiva de dominio o de formación de títulos supletorios.

Supervisión de obraEl asesoramiento técnico – profesional y de control de obra efectuado por el delegado de la comisión técnica supervisora de obra para asegurar la calidad y seguridad técnica de la edificación, así como su formalidad legal.

CopropiedadEs el efecto legal derivado de la concurrencia de dos o más personas en los derechos de propiedad de una misma casa, muebles o inmuebles.

Casas en copropiedadUnidades inmobiliarias de propiedad exclusiva que conforman un conjunto de viviendas unifamiliares que incluye bienes de propiedad común, como áreas recreativas o de otra índole, y servicios comunes.

Casas en quintaUnidades inmobiliarias de propiedad exclusiva que conforman un conjunto continuo de viviendas unifamiliares construidos sobre un terreno urbanizado, que cuenta, por lo menos, con un pasaje de acceso desde la vía pública en calidad de bien común.

Departamentos en edificioUnidades inmobiliarias de propiedad exclusiva para uso residencial, comercial, industrial o mixto, ubicadas en una edificación de mas de un piso que cuenta con bienes y servicios comunes.

Tiendas en centros y galerías comerciales o campos ferialesUnidades inmobiliarias de propiedad exclusiva que conforman una edificación de uno o más pisos para uso exclusivamente comercial que cuenta con bienes o servicios comunes.

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Unidades InmobiliariasSon los terrenos sin edificar, las edificaciones, los aires o las secciones de cualquiera de ellos que sean factibles de independizar, y cuyos derechos sean susceptibles de inscripción en el registro público respectivo.

Licencia de ObraEs la licencia de construcción señalada en el inciso b) del articulo 28° de la ley, respecto de la cual trata el título I de la sección Segunda de este reglamento.

Certificado de Finalización de Obra y de ZonificaciónEs el documento exigido por el Art. 31° de la Ley 27157. Es otorgado por la municipalidad y certifica que la obra finalizada cumple con los parámetros urbanísticos y edificatorios vigentes y que los planos de obra (arquitectura) del proyecto aprobado o los de replanteo, en su caso, corresponden a la realidad física de la obra.

Declaratoria de FábricaEs el reconocimiento legal de la existencia de cualquier tipo de obra sujeta a este reglamento. Se realiza mediante una declaración del propietario, que cumple las formalidades y trámites establecidos por la Ley 27157. Se formaliza a través del FUO o por escritura pública, según sea el caso.

Predio urbanoSon terrenos, construcciones u otras instalaciones fijas y permanentes.

Bien inmuebleSon los bienes raíces que por su tamaño o volumen no pueden ser trasladados de un lugar a otro, con excepción de las naves y aeronaves que cuentan con locomoción propia.

1.2 CATASTRO MUNICIPAL, ASPECTO, FINALIDAD Y OBJETIVOS

1.2.1 CATASTRO MUNICPAL

Es el inventario o censo de los bienes inmuebles de la ciudad pertenecientes al Estado y a los particulares (debidamente actualizado y clasificado), con el objetivo de lograr su correcta identificación física, jurídica, fiscal, económica, comprende el integro del territorio municipal con las características urbano y rural.

1.2.2 ASPECTOSASPECTO FISICOConsiste en la identificación de los linderos del terreno y edificaciones en los lotes, así como su descripción y clasificación: Comprende asimismo la identificación y clasificación de los detalles topográficos circundantes a la manzana y al denominado mobiliario urbano.

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ASPECTO JURIDICOEl catastro complementa el registro Inmobiliario, proporcionándoles la constancia de la existencia real y estado de posesión de los inmuebles que son objetos de actos jurídicos. Con información gráfica y literal se deja evidencia de las características físicas esenciales y el estado de posesión de los inmuebles.ASPECTO FISCALConsiste en utilizar la información catastral en la determinación de los tributos que generan los bienes inmuebles, haciendo la imposición más justa y equitativa.ASPECTO ECONOMICOConsiste en la determinación del avalúo catastral del bien inmueble lo cual permite precisar las tendencias del crecimiento económico de la ciudad.ASPECTO ESTADISTICOEs el registro detallado de las unidades catastrales agrupándolos metódicamente parar obtener las evaluaciones numéricas que permitan determinar el comportamiento del territorio.

1.2.3 FINALIDADProporcionar a la administración municipal la información de los bienes inmuebles urbanos, su uso y características, y de la infraestructura urbana básica de la ciudad, a fin de apoyarlas eficazmente en la planificación del desarrollo y reordenamiento urbano, la administración de los bienes y servicios, la regulación del derecho de propiedad y el uso de los bienes inmuebles así como la administración de las rentas municipales.

1.2.4 OBJETIVOSLos objetivos principales del catastro municipal son los siguientes:

Conformar y mantener un registro actualizado, de todos los inmuebles del territorio.

Consolidarse como el sistema de información oficial del gobierno local para una eficiente gestión.

Permitir la determinación física - jurídica, cada vez mas completa, de los inmuebles.

Obtener los avalúos catastrales de acuerdo a las normas establecidas que permitan el recaudo justo de los impuestos.

1.3 UNIDAD CATASTRAL

1.3.1 DENOMINACIÓNComo concepto general la unidad catastral es la unidad de inventario del Catastro, susceptible de inscripción en los registros públicos. Se constituye como tal a las propiedades inmuebles con independencia física y/o legal; destinadas a uno o varios usos sobre la cual se ejercen responsabilidades administrativas municipales.

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Excepcionalmente, la independencia legal podría determinar a la unidad catastral.Dentro de un lote pueden existir una o varias edificaciones y/o unidades catastrales. Se considera como una unidad catastral:

Cada lote de terreno sin construir Cada construcción físicamente independiente en terreno de otro

propietario (el terreno es otra unidad catastral) Cada inmueble independiente (viviendas unifamiliares,

departamentos, tiendas, garajes, ubicados en quintas o edificios). Cada fábrica, banco, hotel, colegio, etc. Se consideran unidades catastrales especiales las que figuran en

el Anexo 01

1.3.2 UBICACIÓNPara la ubicación de la unidad catastral se deberá tener en cuenta los siguientes conceptos:

DISTRITO POLITICOUnidad territorial base del territorio político administrativo, cuyo ámbito es una unidad geográfica con recursos humanos, económicos, y financieros apta para el ejercicio de gobierno, administración y desarrollo.

LIMITE DISTRITALEs la demarcación de un distrito de acuerdo a la ley de creación, con la finalidad de ordenar un sistema político administrativo y de acondicionamiento territorial para un mejor ejercicio de las funciones de los gobiernos locales.

SECTOR CATASTRALParte del distrito político conformado por un conjunto de manzanas catastrales en un número máximo de 90: con características homogéneas y acondicionadas al trazo urbano.

MANZANASubdivisión física existente en los sectores catastrales separadas entre sí por vías de tránsito vehicular o peatonal y/o limitadas por accidentes naturales como cerros, acequias, ríos, etc.Los jardines de aislamientos se consideran dentro de la manzana.

LOTEUnidad de propiedad de terreno que constituye un área continua dentro de la manzana destinada oficialmente a funcionar independientemente con un determinado uso urbano, definido por sus linderos físicos (de prioridad muros divisorios) y/o legalmente (linderos de propiedad) para terrenos sin construir.Constituye la superficie mínima de terreno susceptible de ser representada en un plano catastral.

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II LEVANTAMIENTO Y ACTUALIZACIÓN CATASTRAL

2.1 ENCUESTA CATASTRALTarea de la actividad de campo por medio de la cual se realiza la verificación de los datos consignados, y se releva los faltantes que se han especificado en las fichas catastrales.La encuesta será realizada inmediatamente después de haberse efectuado la publicidad vecinal, teniendo en cuenta los procedimientos catastrales establecidos y que se detallan en esta guía.Se realizará una verificación de la codificación catastral y se recodificará donde corresponde. El personal de campo debe considerar como regla de oro, LA PULCRITUD en el desempeño de su labor; ello implica esmero en su labor, tanto en el manejo del material a emplear como en el relevamiento de datos.

2.2 VERIFICACIÓN DE LA INFORMACIÓN EN CAMPO:Le corresponde al técnico de encuestas y linderación, quien para realizar la verificación de la información, se apersonará al inmueble portando:

Su credencial visible al lado izquierdo y LE. Fólder de Manzana a trabajar. Padrón Catastral a nivel de manzana. Fichas Catastrales. Plano con N° de manzana, vías y presuntos linderos. Hojas para borrador. Tablas de la ficha catastral Tabla de Valores de Construcciones. Tablero de mano. Notificaciones. Wincha de 30 metros. Regla graduada. Calculadora de bolsillo. Otros materiales necesarios. Lapiceros color rojo y azul. Lápiz o portaminas. Borrador.

Previo a la codificación de las unidades catastrales, efectuará un reconocimiento general, definiendo el lindero del inmueble y de las posibles unidades catastrales que puedan existir. Determinará el caso a codificarse (De acuerdo a la casuística básica y/o a las combinaciones de éstas). Ingresará al interior del inmueble, verificará el número de unidades catastrales existentes y procederá a llenar las fichas catastrales que correspondan.

En el caso de copropiedad, se ingresará la información de los copropietarios, pudiendo firmar los documentos uno de ellos.

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En el caso de sucesión intestada, la ficha catastral será firmada por su albacea o representante legal.

En el caso de sociedad conyugal, se registrará el nombre del que ejerce la administración de la sociedad conyugal (declarante).

En el caso de usufructo, la ficha catastral será validada por el propietario del predio.

En el caso que el propietario no esté definido, los poseedores o tenedores son responsables y deberán firmar la ficha catastral.

En el caso de predios del gobierno central, institución pública descentralizada, gobierno local o regional, la ficha catastral será firmada por el representante de la dirección de administración o representante de la dependencia que haga sus veces bajo responsabilidad.

2.3 FUENTES DE INFORMACIÓNPara definir las fuentes de información se aplicarán los siguientes criterios:

De encontrarse al propietario, se consignará los datos proporcionados por él mismo, quien firmará en la ficha catastral correspondiente para dejar constancia sobre su conformidad de los datos registrados.

Si se trata de un declarante, que no muestra título de propiedad, los datos a consignar en la ficha catastral serán, el nombre, número de su DNI y el grado de afinidad con el propietario indicados en el casillero OBSERVACIONES.

Si el propietario no dispone en forma inmediata de toda la información requerida, el técnico lo citará dentro de un plazo prudencial en la misma unidad catastral o en la oficina de catastro, entregándole además una notificación con la finalidad de que el propietario presente la documentación solicitada. Además le aclarará que, si el propietario incumple, las fichas serán llenadas con la información existente.

Procederá en forma similar si en la unidad catastral se desarrolla una o más actividades económicas.

En caso de no encontrarse al propietario, se le dejará una notificación, dándole un plazo de 48 horas para que se apersone a la oficina de catastro.

Si en el tiempo establecido, el propietario no tiene la posibilidad de presentar todos los documentos requeridos, o si no es ubicado en la unidad catastral, o si la unidad catastral está deshabitada, el técnico

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dejará una notificación indicando que se presente a la oficina de catastro, pero llenará los formatos de oficio (ficha y plano de linderos) tomando la información visible y disponible que puede ser de: otros informantes inquilinos, familiares, vecinos, porteros.

Recomendaciones :

1. Para garantizar la fluidez de información al área de cartografía y al equipo de encuestas, se recomienda obtener previamente las copias fotostáticas de los planos trabajados por el equipo de complemento gráfico, con la finalidad de apoyar el trabajo de los encuestadores y los originales se remitirán al área de cartografía para su procesamiento.

2. Los responsables del levantamiento catastral, deben participar en las charlas realizadas por "Participación Vecinal" u otros similares con la finalidad de difundir su trabajo, capacitar a los vecinos del interés de la municipalidad de contar con información territorial válida para la toma de decisiones y tener el apoyo por parte de los propietarios en la recolección de datos.

2.4 LINDERACION Y AREADOLa linderación y areado serán realizados directamente por los técnicos de encuestas. El encuestador deberá tomar especial cuidado en la definición de los linderos.

Linderación.- Los objetivos de la linderación son:

Definir los linderos de manzana. Definir los linderos de lote. Asignar un número a cada lote. Definir el área del lote. Definir el área de las construcciones en el lote.

Los materiales de consulta a utilizar son:

Planos de lotización aprobados. Planos de habilitaciones aprobadas. Planos topográficos del distrito. Documentos presentados por los propietarios. Otros documentos oficiales existentes.

La linderación es el procedimiento mediante el cual se realiza el levantamiento de la información gráfica (linderos de lotes y edificaciones) de la manzana, en la hoja de manzana (base cartográfica inicial seleccionada), para lo cual se deberá reconocer previamente los lotes existentes, con ayuda de la información gráfica inicial.Se tomarán como referencia los muros divisorios existentes, el alineamiento con otros lotes identificados, la línea de vereda, la distancia

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al eje o borde de la vía, la línea de límites de las construcciones existentes o referencias en ángulo o distancia a puntos fácilmente identificables como: postes, buzones.

Nota importante:La premisa básica para la determinación de los linderos del lote catastral y de la Unidad Catastral es dar prioridad a lo físico sobre lo legal; pudiendo ser coincidentes.

Areado.- Es el procedimiento que sirve para determinar la superficie de cada lote por medio de mediciones realizadas en el plano de campo, con la finalidad de completar las fichas catastrales en lo referente a áreas.Para complementar el areado se podrá utilizar como material de consulta los siguientes documentos:

Planos de Lotizaciones aprobados Plano de construcciones disponibles Declaraciones juradas de autoavalúo

Una vez definido y linderado los lotes, se procederá a su areado aplicando la técnica más adecuada de acuerdo a la configuración de cada lote y el equipo con que se cuente.

Con ayuda de un escalímetro o una regla graduada, el técnico de encuestas tomará las medidas de las áreas dibujadas previamente sobre el plano restituido, tomando en cuenta la escala correspondiente y descomponiendo la figura si fuera necesario en triángulos, rectángulos u otras figuras geométricas conocidas.

Área de Terreno.- Se considerará el área que figura en los documentos mostrados por el propietario pero, si la diferencia entre el área de terreno declarado y la del técnico es mayor a ±2.5 % (para áreas de terreno menor de mil metros cuadrados) o ±25 m² + 1 % (sobre el exceso de mil metros, para terrenos con áreas mayores a mil metros cuadrados) se considerará el área de terreno calculado por el técnico de encuestas, registrando éste dato en el casillero correspondiente.

Área Techada.- Las medidas se toman por niveles realizando las sumatorias si es necesario. Si la diferencia entre el área techada declarado y la del técnico de encuestas es mayor a ±2.5 %, se considerará el área calculado por el técnico y se registrará en el casillero correspondiente.

Reglas Generales de Linderación:Para la linderación de lotes y construcciones en el plano (hoja de manzana) se deberán tener en cuenta las siguientes consideraciones:

El técnico de encuestas utilizará los ejes de la manzana catastral determinados por el equipo de complemento gráfico. Los ejes de la manzana serán con lápiz, excepto las puntas de las flechas que será

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color rojo.< Utilizará lapicero rojo para registrar el número de la manzana

catastral. Definirá el lote Nº 001. El lote Nº 001 será el que se encuentre

ubicado más al Norte de la manzana. En caso de que existan varios lotes con la misma orientación hacia el Norte, considerará como lote Nº 001 al que se encuentre más al oeste.

Definirá el lindero y areado de la manzana y de los lotes contenidos en ella. De ser necesario indicará mediante acotaciones las medidas perimétricas o sus frentes con lápiz. Los linderos de lotes se trazarán con líneas entre cortadas y con lapicero color rojo

Las medidas o puntos que tome para identificar o definir la manzana (cota aplomo u otro) será con lapicero color rojo

Los linderos de lotes deberán representar el lindero físico. La numeración de lotes será en forma correlativa en sentido horario

y con lapicero color rojo ubicado al centro del lote. De ser necesario se adjuntarán croquis adicionales para las

edificaciones nuevas y para indicar detalles aclaratorios de ciertos linderos parcial o total.

Registrará los números municipales del lote catastral, de acuerdo al tipo de número municipal. La flecha deberá estar ubicada lo más cerca posible por cuanto indica el ingreso (entrada) a la unidad. Registrará con lapicero azul los números municipales correspondientes.

Iniciará la encuesta catastral por el lote 001 y en sentido horario. Se confirmará o modificará la linderación de acuerdo a la realidad física.

2.5 CORRECCION DE AREAS

Para la corrección de áreas se deberá tomar en cuenta lo siguiente: “En los cálculos de áreas de predios urbanos se admitirá hasta una tolerancia de dos y medio por ciento, si se trata de un área menor de mil metros cuadrados” verificados por el equipo de control de calidad.

Área Gráfica, es el área analítica resultante del replanteo de la linderación de campo en los planos obtenida directamente de las pantallas. Se procederá de la siguiente manera:

a) En el reporte de áreas se subrayará con un resaltador los lotes con problemas de áreas, aquellos que contienen 3 asteriscos ***.

b) Se verificará si el (las) área(s) que figura(n) en la(s) ficha(s) catastral(es) ha(n) sido ingresado(s) tal como figura en ella(s).

c) Si el digitador ingresó mal alguna(s) área(s), el técnico realizará la sumatoria de áreas a nivel de lote (del lote problema), luego verificará si este resultado está en el rango establecido (menor a ±2.5 % ó ±25m² + 1 %, según el caso).

d) Si al realizar la sumatoria, el área del técnico de encuestas y linderación es igual al área gráfica, el área correcta no ingresada por el digitador lo registrará en el formato de modificaciones.

e) Si el digitador ingresó correctamente el (las) área(s), procederá a tomar medidas en el plano linderado (hoja de manzana) y verificará

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si el área medida en la hoja de manzana (plano) es igual al área gráfica.

f) Si el área medida en la hoja de manzana (plano de lotes) coincide o la diferencia es mínima respecto al área gráfica y además, éste último coincide con el área declarada, más no con el área del encuestador, se cambiará en la ficha catastral el área del encuestador por la declarada, registrándose en el formato de modificaciones el área declarada.

g) Si el área medida en la hoja de manzana (plano linderado) coincide con el área gráfica pero no con el área del encuestador ni con el área declarada, se registrará(n) en la(s) ficha(s) catastral(es) el área gráfica y en el formato de modificaciones.

h) Si el área medida en el plano de linderos de lotes no coincide (existe mucha diferencia) con el área gráfica después de varias pruebas (mediciones) se solicitará al área de cartografía que verifique el dibujo correcto de los linderos de lotes en pantalla.

Los formatos que contienen las modificaciones realizadas o datos omitidos (formato de modificaciones, fichas catastrales y planos) conteniendo las áreas correctas se remitirán a las áreas correspondientes.El área de procesamiento gráfico verificará los linderos observados, modificando si el caso lo requiere (linderos mal editados) luego emitirá un nuevo reporte de áreas. Si el área de procesamiento gráfico ingresó correctamente los linderos, devolverá la hoja de manzana o plano linderado al técnico de encuestas para que se verifique en campo los linderos observados.El área de informática, ingresará a su base de datos las modificaciones registradas en los formatos de modificaciones y fichas catastrales correspondientes.

2.6 CONTROL DE CALIDAD

2.6.1 DEFINICIÓNEs el proceso mediante el cual se GARANTIZA la calidad y veracidad de los datos recolectados en cada etapa del levantamiento catastral.Para determinar la calidad de la información se realizará una evaluación de los riesgos de error disponiendo medidas correctivas para reducirlos a un mínimo aceptable.

2.6.2 TIPOS DE CONTROLControl PrevioConsiste en la evaluación de los riesgos o condiciones que favorecen los errores y las medidas correctivas de estas situaciones a fin de minimizarlos, dotando a los técnicos de todos los codificadores existentes, la guía de encuestas, el plano básico y otros documentos debidamente ordenados y actualizados.

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Control ConcurrenteSon las medidas tomadas para asegurar la calidad de la información y se realiza durante la ejecución de los trabajos de levantamiento por los encuestadores.

Control PosteriorEl equipo de control de calidad revisará la integridad de la información contenida en las fichas catastrales y en los planos correspondientes.Toda la información registrada deberá ser coherente tanto en las fichas catastrales como en los planos liderados.

El técnico de control de calidad realizará las siguientes tareas principales:

Contabilizará el número de unidades catastrales existentes en cada manzana; registrando los datos en el formato de control de manzana.

Los códigos catastrales creados tengan lógica. Siga en el orden ascendente. Ningún código se repita. El código catastral será único para una misma unidad, que tenga

actividades económicas y de condominio. Verificará que todos los casilleros de las fichas catastrales

contengan información completa de acuerdo a los casos y especificaciones técnicas (códigos, dirección de la unidad catastral, uso).

Verificará que los datos de las fichas catastrales y la hoja de manzana coincidan.

Completará los códigos en los casilleros correspondientes (usos de las actividades económicas, código vía).

Cuando se trate de un mismo propietario se anexarán la hoja de datos del propietario y el número de hojas que corresponde al de datos de la unidad catastral que se ubiquen en un mismo lote.

Comparará el área del encuestador con el área declarada. Medirá en el plano linderado. Verificará que, la suma de las áreas de terreno registrado en las

fichas catastrales a nivel de lote sea igual al medido en el plano linderado.

Verificará que las unidades ubicadas en edificios solo cuenten con área de terreno común.

Así mismo verificará que las unidades ubicadas en quintas tengan área de terreno de dominio exclusivo y participación del área total del lote.

De acuerdo a los casos deberá considerar prorrateo de áreas. Comprobará que ciertos datos estén registrados y sean coherentes. Número o identificación del interior. % de bienes comunes. Características de construcción similar.

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2.7 CALIDAD MUESTRAL Finalizado la consistencia de información se procederá a realizar la calidad muestral que será realizada por el verificador catastral. Consiste en realizar la revisión de toda la información de los lotes seleccionados como muestra, los cuales se seleccionarán en forma aleatoria, tomando muestras de cada sector, que comprende manzanas y lotes (en un 5% del universo de datos por sector). Para esta actividad se utilizará planos dibujados a escala 1/1,000 y reportes catastrales entregados por informática, así como los croquis y fichas catastrales correspondientes.También se deberá llenar el formato de calidad muestral para registrar los tipos de errores cometidos por lote. Concluyendo con un informe de resultados y las recomendaciones.Si se realizan modificaciones los datos se registrarán con lapicero color rojo tanto en el padrón catastral como en los planos y hojas de manzana.

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III CONSIGNACIÓN DE DATOS EN LAS FICHAS CATASTRALES

3.1 FICHA CATASTRALToda unidad catastral debe registrarse en esta ficha catastral.

PRIMERA HOJA

CASILLERO 01: CODIGO CATASTRALSe utiliza para identificar la unidad catastral. Está compuesto por caracteres alfanuméricos el mismo que contiene la siguiente información:

MANZANA (3 dígitos):Se anotará el número de la manzana que figura en la hoja de manzana, fólder de trabajo proporcionado por el supervisor, la misma que se encuentra en el plano de campo.

LOTE (3 dígitos):Constituye la más pequeña superficie de terreno susceptible de ser representada en un plano catastral para su inscripción en los Registro Públicos.Se deberá considerar como lote catastral, a los terrenos que tienen una superficie mayor o igual a 60 metros cuadrados, salvo excepciones en los que, la municipalidad haya autorizado una subdivisión mediante resolución con menor área o se trate de una sub estación eléctrica.El encuestador anotará en este casillero con tres dígitos, el número de lote que corresponda. Ejemplo 001, 002, 003, 004, etc.Previamente identificará en el plano de campo, cada uno de los lotes de la manzana, procediendo a linderarlos sobre él; de ser necesario se ayudará con planos y títulos de propiedad proporcionados por los propietarios. Terminada la identificación de los linderos de lotes, los numerará en orden correlativo comenzando por el lote 01 ubicado más al norte. En caso de existir varios lotes con la misma orientación, comenzará por el que está más al oeste continuando en el sentido de las agujas del reloj.

GRAFICO Nº 1

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La numeración de los lotes es permanente, salvo caso de acumulación, subdivisión autorizada, en cuyo caso, el número de los nuevos lotes serán correlativos al último número de lote utilizado en la manzana. El lote matriz se conservará en el archivo histórico.Si dentro de un lote se ha vendido un área de terreno pero la subdivisión del lote no ha sido autorizada por la entidad competente, se seguirá considerando un solo lote.Si dos o más lotes colindantes pertenecen al mismo propietario y no ha sido autorizada su acumulación, se seguirá considerando los lotes en forma independiente, siempre que no exista una construcción común que impida la identificación física de los mismos. Si una edificación se ubica en varios lotes independizados; debe considerarse 1 solo lote por cuanto la acumulación del lote deberá darse posteriormente.En urbanizaciones, los planos de lotes presentados por el(los) propietario(s) deberán contar con la aprobación de los organismos competentes para fines de inventario catastral. Las quintas, edificios, unidades vecinales y otros ambientes urbanos donde existe Régimen de Propiedad Exclusiva y Propiedad Común (áreas comunes), se considerará como un solo lote.La ocupación de la vía pública se indicará en el plano de manzana para su futura contrastación con las normas urbanas correspondientes:

Jardín de Aislamiento.- De 1.00 a 1.50 m (dentro de la propiedad).Retiro Municipal.- De 2.00 a 6.00 m (dentro de la propiedad), generalmente 3.00 mts.

UNIDAD (3 dígitos):Se anotará el número de la unidad correspondiente con tres dígitos. La unidad constituye el inmueble físicamente y/o legalmente independiente, se registrarán en forma correlativa todas las unidades que se encuentren con una serie continua numérica (001, 002, 003, ..., etc.).

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CODIGO DEL PREDIOEn este casillero se anotará el respectivo código del predio tomado del listado de rentas.

UBICACION DE LA UNIDAD CATASTRAL

CASILLERO 02: CODIGO VIA (3 dígitos)El encuestador anotará en este campo el código de vía correspondiente. Esta información se tomará de la hoja de manzana proporcionada por el supervisor o del plano básico, verificando los códigos correctos en el listado de códigos de vías. En caso el inmueble tenga mas de un frente con ingreso por ellos los consignará de la misma forma que el anterior.

CASILLERO 03: NOMBRE DE LA VIA Se anotará primero el nombre (como figura en el codificador de vías) de la vía que corresponda al ingreso principal de la unidad catastral (el de mayor arancel), luego el nombre de las otras vías si existieran (varias entradas para una misma unidad catastral), subrayando el tipo de vía o anotando la abreviatura correspondiente.

CASILLERO 04: NUMERO MUNICIPALSe anotará en la ficha y/o padrón el número otorgado por la municipalidad que corresponda al ingreso principal. En caso de no existir un número municipal oficializado, el encuestador generará un número que sea intermedio entre los números adyacentes observando si es par o impar según corresponda, se indicará de la siguiente manera: S/N 850, el número creado es 850.

CASILLERO 05: NUMERO DE INTERIORSe anotará la denominación municipal interior principal otorgada a la unidad catastral.En caso de no existir un número municipal interno oficializado, el encuestador generará un número que sea intermedio entre los números adyacentes según corresponda, se indicará de la siguiente manera:Si los interiores adyacentes están denominados como 101 y 103; le corresponderá el s/n 102: el número creado es 102.Si existiera más de una denominación municipal interna, éstas deben registrarse en el mismo campo y de manera consecutiva, guardando las mismas especificaciones dadas para el casillero 04.

CASILLERO 06: LETRAEl encuestador llenará esta casilla siempre que la unidad catastral tenga como denominación complementaria una letra ya sea de interior o de lote.

CASILLERO 07: TIPO DE ENTRADASe anotará en este casillero, el tipo de entrada según la codificación dada por el municipio, es decir, si es puerta principal, de servicio, de garaje, etc.

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DESCRIPCION DE LA UNIDAD

CASILLERO 8: USO DE LA UNIDADEl encuestador marcará con un aspa el recuadro que corresponda al uso que se le está dando a la unidad. Si el predio presenta varios usos, se considerará el uso predominante. Para este caso se considerará:

Casa Habitación Comercio Industria Servicio en general Educacional Cultural Estacionamiento, cochera Aires Azotea Depósito Otros

CASILLERO 9: ESTADO DE LA CONSTRUCCIONEl encuestador marcará con un aspa el recuadro que corresponda al estado de la construcción que corresponda a la unidad catastral encuestada. Para este caso se considerará:

a) Terrenob) En Construcciónc) Terminadod) Ruinosoe) Otros

CASILLERO 10: TIPO DE UNIDADEl encuestador marcará con un aspa el recuadro que corresponda al estado de la construcción de la unidad encuestada. Para este caso se considerará:

Predio Independiente Predio en Edificio Predio en Quinta Predio en vecindad (callejón, solar, corralón).

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CASILLERO 11: UBICACIÓN FRENTE A Se indicará si la unidad catastral se encuentra frente a:

Parque, malecón Avenida arbolada Avenida con jardines Calle Otros

CASILLERO 12: CONEXIONES DOMICILIARIASEn este caso se marcarán las conexiones domiciliares con el que cuenta la unidad catastral . Estos pueden ser:

Agua Desagüe Electricidad Teléfono Otros (Cable, Internet, Radioaficionado, etc)

DATOS DE LA CONSTRUCCION

DESCRIPCION DE LOS NIVELESCada uno de los pisos, sótanos o mezzanines de estas construcciones será inscrito en una línea diferente dentro de una misma unidad catastral. Para el caso de edificaciones que tengan características de construcción diferentes y/o antigüedades con diferentes rangos (de cinco años 0-5, 5-10, 10-15, etc.), se utilizará una línea para cada construcción.Si es necesario se utilizará otra ficha catastral con el mismo código catastral, para completar la información de las construcciones.

PISOPiso.- se anotará el nivel de 01 (más bajo) hasta 98 (más alto).Sótano.- se indicará el nivel mas alto A0 hasta el más bajo YO Mezzanine .- Z1 hasta Z9

AÑOS DE LA CONSTRUCCIÓN DEL NIVELSe anotará el año de la construcción (con cuatro dígitos). Esta información se puede obtener de la declaratoria de fábrica, licencia de obra, etc. Cuando no se pueda determinar este dato, se anotará una antigüedad igual a 5 años anteriores a la fecha de la actualización, hasta que el propietario rectifique o valide dicha información.

CLASIFICACIÓNColocar en la casilla el número que corresponda a la clasificación del predio en ese piso. Para tomar esta información, el encuestador no debe considerar el uso de la unidad catastral sino las características estructurales de la edificación. Por Ejemplo: La casa habitación se reconoce por los ambientes relativamente pequeños destinados a uso de dormitorio, cocina, garaje, recreación familiar, servicios domésticos, etc.; Las tiendas y depósitos son ambientes amplios con luces grandes y

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estructuras en pórtico o tijerales; Los edificios arquitectónicos son ambientes urbanos sobrepuestos, con áreas e instalaciones comunes y estructuras especiales para cimentación; Los hospitales, clínicas, cines, industrias y talleres son construcciones con instalaciones especiales (placas, tijerales, encasetonados).En caso de Unidades Catastrales destinadas a actividades económicas y que sean parte integrante de un edificio debe considerarse la clasificación Nº 3. Las playas de estacionamiento ubicados en edificios se considerarán en la clasificación Nº 4.Si el predio presenta 2 clasificaciones, se seleccionará la que predomine.

1. Casa - Habitación2. Tienda/Depósito3. Edificio4. Clínica, Hospital, Cine, Industria, Taller.

MATERIAL ESTRUCTURALSe anotará el código que corresponda al material estructural predominante.

1. Concreto2. Ladrillo3. Adobe.4. Madera

ESTADO DE CONSERVACIÓNSe anotará el código que corresponda al estado que presenta la construcción, siendo una de las siguientes:

1. Muy Bueno2. Bueno.3. Regular4. Malo

CATEGORIASSe anotará la letra que corresponda a las categorías: estructura, acabados e instalaciones eléctricas y sanitarias de acuerdo con el cuadro de Valores Unitarios Oficiales de Edificaciones. Formato que es publicado anualmente en el mes de diciembre, por el diario oficial EL PERUANO.

AREA

Área Construida (Verificada del encuestador)El Encuestador verificará el área construida y la dibujará sobre la copia fotostática de la ampliación fotográfica o plano restituido. Luego le hará la medición utilizando un escalímetro y en base a esa medición calculará el área anotándola en el casillero. En caso de Régimen de Propiedad Horizontal, que dificulte en extremo la determinación de las unidades catastrales, estimará el área construida, descontando las áreas comunes.

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Área Construida (Declarada)El Encuestador anotará el área construida de propiedad y uso exclusivo, en metros cuadrados y con dos decimales. Para determinar esta área, se solicitará al propietario planos y/o documentos (Títulos de Propiedad, Declaratoria de Fábrica, Contrato de Compra Venta, Certificado de Finalización de Obra, etc.) o se tomará como dato el área que declare el propietario; si no se obtiene esta información el casillero se dejará en blanco.

CASILLERO N° 13: MEDIDA DEL FRENTE DEL TERRENOEn este casillero el encuestador anotará en metros lineales y con dos decimales la medida del frente del terreno encuestado, siempre que éste sea de un solo tramo, cuando se trate de más de un tramo, se anotará “ver plano”.

CASILLERO N° 14: MEDIDA DEL LADO DERECHO DEL TERRENO

En este casillero el encuestador anotará en metros lineales y con dos decimales la medida del lado derecho del terreno encuestado, siempre que éste sea de un solo tramo, cuando se trate de más de un tramo, se anotará “ver plano”.

CASILLERO N° 15: MEDIDA DEL LADO IZQUIERDO DEL TERRENO

En este casillero el encuestador anotará en metros lineales y con dos decimales la medida del lado izquierdo del terreno encuestado, siempre que éste sea de un solo tramo, cuando se trate de más de un tramo, se anotará “ver plano”.

CASILLERO N° 16: MEDIDA DEL FONDO DEL TERRENOEn este casillero el encuestador anotará en metros lineales y con dos decimales la medida del fondo del terreno encuestado, siempre que éste sea de un solo tramo, cuando se trate de más de un tramo, se anotará “ver plano”.

CASILLERO N° 17: ÁREA DEL TERRENO (DECLARADA)En este casillero el encuestador anotará en metros cuadrados y con dos decimales la medida del área total del terreno encuestado. Para determinar esta área, se solicitará al propietario planos y/o documentos (Títulos de Propiedad, Contrato de Compra Venta, etc.) o se tomará como dato el área que declare el propietario; si no se obtiene esta información el casillero se dejará en blanco.

CASILLERO N° 18: ÁREA DEL TERRENO (VERIFICADA)El Encuestador verificará el área total del terreno, para lo cual dibujará sobre la copia fotostática de la ampliación fotográfica o plano restituido, los linderos del terreno, luego le hará la medición utilizando un escalímetro y en base a esa medición calculará el área anotándola en el casillero.

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Cuando se trate de unidades catastrales comprendidas dentro del Régimen de Propiedad Exclusiva y Propiedad Común (Edificio), se colocará 0.00 m2 en éste casillero. El área de terreno común se registrará en la ficha de bienes comunes Casillero 110.Cuando se trate de Unidades Catastrales comprendidas dentro del Régimen de Independización y Copropiedad (Quinta, Galerías o Centros Comerciales de un sólo piso) se anotará en éste casillero el área de terreno exclusivo.Para el caso de combinación de Régimen de Propiedad Exclusiva y Propiedad Común en quintas (Edificio en Quinta), se procederá a verificar si existe Reglamento Interno, y se colocarán los % de bienes comunes legales si los hubiera, para este caso se colocará área de terreno propio y área exclusiva para cada una de las unidades del edificio según lo siguiente: Se definirá el área para cada unidad catastral del edificio utilizando

la siguiente fórmula:

ACiATi = ----------- x AT n AC i=1

Donde:ATi = Área de terreno de la unidad iAci = Área construida de la unidad i

nAC = Sumatoria de áreas construidas en el edificio variando i desde 1 i=1 hasta n

AT = Área total de Terreno del edificio

El área calculada se registrará en éste casillero

CASILLERO N° 19: ÁREA COMÚN DEL TERRENO (%)Si el predio pertenece a una Propiedad Horizontal (sea Edificio y/o quinta) se anotará el porcentaje de área común del terreno que le corresponde a cada unidad catastral, y que se encuentra indicado en el documento oficial que presente el propietario (Título de propiedad, Reglamento Interno de Propiedad Horizontal, Ficha Registral, etc.). En el caso de no contar con el documento respectivo, el encuestador dejará en blanco el casillero.

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CASILLERO N° 20: ÁREA COMÚN DEL TERRENO (m2.)Si el predio pertenece a una Propiedad Horizontal (sea Edificio y/o quinta) se anotará el área total en metros cuadrados en relación al porcentaje de área común del terreno que le corresponde a cada unidad catastral, y que se encuentra indicado en el documento oficial que presente el propietario (Título de propiedad, Reglamento Interno de Propiedad Horizontal, Ficha Registral, etc.). En el caso de no contar con el documento respectivo, el encuestador dejará en blanco el casillero.

CASILLERO N° 21: ÁREA COMÚN TECHADA (%)En caso de construcción en Propiedad Horizontal (sea Edificio y/o quinta) se anotará el porcentaje de área común techada que le corresponde a cada unidad catastral, y que se encuentra indicado en el documento oficial que presente el propietario (Título de propiedad, Reglamento Interno de Propiedad Horizontal, Ficha Registral, etc.). En el caso de no contar con el documento respectivo, el encuestador dejará en blanco el casillero.

CASILLERO N° 22: ÁREA COMÚN TECHADA (m2.)En caso de construcción en Propiedad Horizontal (sea edificio y/o quinta) se anotará el área en metros cuadrados en relación con el porcentaje del área común techada que corresponde a cada unidad catastral, y que se encuentra indicado en el documento oficial que presente el propietario (Título de propiedad, Reglamento Interno de Propiedad Horizontal, Ficha Registral, etc.). En el caso de no contar con el documento respectivo, el encuestador dejará en blanco el casillero.

CASILLERO N° 23: OTRAS INSTALACIONES COMÚNES (%)Se considerarán a otras instalaciones comunes, aquellas como tuberías de agua, desagüe, electricidad de ser el caso, etc. En este caso se anotará el porcentaje de otras instalaciones común que corresponde a cada unidad catastral, y que se encuentra indicado en el documento oficial que presente el propietario (Título de propiedad, Reglamento Interno de Propiedad Horizontal, Ficha Registral, etc.). En el caso de no contar con el documento respectivo, el encuestador dejará en blanco el casillero.

CASILLERO N° 24: VALOR OTRAS INSTALACIONES Se colocará el valor declarado por el propietario, en caso de no disponer de este dato, el encuestador dejará en blanco el casillero.

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DATOS DEL VALOR DE OTRAS INSTALACIONES

DESCRIPCIÓN DE LAS OTRAS INSTALACIONESSe considera a las piscinas, las instalaciones deportivas, instalaciones industriales, de servicios, cercos, etc. fijas y permanentes adheridas físicamente al suelo. En la columna de otras instalaciones se detallará el nombre y las características principales de las mismas. Se deberán incluir los establecimientos que forman parte del predio que no esté considerados dentro del área construida.

UnidadSe colocará la unidad que se aplica para medir el tipo de instalación a la que refiere el párrafo anterior.

CantidadEl encuestador llenará este espacio y colocará en él la cantidad de unidades de medida que corresponde a la instalación mencionada.

Año de antigüedadSe colocará con cuatro dígitos, el año en que se colocó, construyó, etc. la instalación no común.

Estado de conservaciónEl encuestador colocará el código que corresponde según el estado de conservación en que se encuentra dicha instalación. Para lo cual asignará los siguientes códigos:

1. Muy Bueno2. Bueno3. Regular4. Malo 5. Muy malo

RETIRO MUNICIPAL

CASILLERO 25: ANCHO NORMATIVOEl encuestador colocará en metros lineales, el ancho del área de retiro municipal, cuyo dato será proporcionado por el mismo municipio.

CASILLERO 26: EXISTE CONSTRUCCIÓNEl encuestador marcará el casillero SI en caso de haber construcción en el área de retiro municipal y marcará NO en caso de no existir construcción alguna.

CASILLERO 27: MATERIALCerramiento.- Cuando se trate de materiales colocados a manera de muros que definen un espacio arquitectónico.Cobertura.- Cuando se trate de materiales colocadas a manera de techos que cubrirán total o parcialmente el área de retiro municipal.

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CASILLERO 28: USOEl encuestador anotará en este casillero el uso que se le este dando al área de retiro en caso de existir construcción alguna dentro del mismo.

CASILLERO 29: AUTORIZACIÓNEl encuestador deberá llenar en este casillero el número de autorización para el uso de área de retiro con el que debe contar el conductor de la actividad comercial o propietario, según sea el caso, si existe construcción, para ello deberá solicitar al informante el documento del mismo. En caso de no contar con dicho documento, el encuestador deberá dejar en blanco este casillero.

CASILLERO 30: FRENTESe colocará en metros lineales y dos decimales, la medida del frente del área de retiro municipal, (en caso de tener un uso diferente al dado por el municipio).

CASILLERO 31: FONDOSe colocará en metros lineales y dos decimales, la medida del fondo del retiro municipal, para lo cual el encuestador procederá a realizar la medición respectiva.

DATOS DE LAS SUBUNIDADES ( En caso de Actividad Comercial)

CASILLERO 32 : TIPO DE VÍAEn él se colocará el tipo de vía que corresponde tomándose esta información del listado de vías respectivo.

CASILLERO 33 : NOMBRE DE LA VÍAEn este casillero el encuestador colocará el nombre la vía sobre el que se encuentra la actividad económica.

CASILLERO 34 : NÚMERO MUNICIPALSe anotará en la ficha y/o padrón el número otorgado por la municipalidad que corresponda al ingreso de la subunidad. En caso de no existir un número municipal oficializado, el encuestador generará un número que sea intermedio entre los números adyacentes observando si es par o impar según corresponda, se indicará de la siguiente manera: S/N 850, el número creado es 850.

CASILLERO 35: INTERIORSe anotará el número municipal interior principal otorgado a la unidad catastral.En caso de no existir un número municipal interno oficial, el encuestador generará un número que sea intermedio entre los números adyacentes según corresponda, se indicará de la siguiente manera:Si los interiores adyacentes están denominados como 101 y 103; le corresponderá el s/n 102: el número creado es 102.

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Si existiera mas de una numeración municipal interna, éstas deben registrarse en el mismo campo y de manera consecutiva, guardando las mismas especificaciones dadas para el casillero 04.

CASILLERO 36: LETRAEl encuestador llenará esta casilla siempre que la subunidad catastral tenga como numeración complementaria una letra.

CASILLERO 38: N° DOC. IDENTIDAD O RUCEn esta casilla se colocará el documento de Identidad o RUC del contribuyente que conduce la actividad del establecimiento comercial, asignado por las autoridades competentes.

CASILLERO 39: APELLIDOS Y NOMBRES Y/O RAZÓN SOCIAL DEL CONDUCTOR

El encuestador llenará con la información respectiva al nombre o razón social del conductor de la actividad comercial.

CASILLERO 40: NÚMERO DEL EXPEDIENTESe anotará en esta casilla el número de expediente municipal que se gestiono o se encuentra en trámite para la respectiva licencia de funcionamiento. En caso de no contar el conductor o informante con este dato, el encuestador deberá dejar en blanco esta casilla.

CASILLERO 41: CERTIFICADO DE LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO

El encuestador colocará el número del certificado de licencia de funcionamiento con el que cuenta el establecimiento comercial. En caso de no obtenerlo se procederá a dejar en blanco está casilla y se anotará en las observaciones la situación del mismo.

CASILLERO 42: CÓDIGO DE GIRO En él se colocará el código de giro de la actividad comercial, para lo cual el encuestador contará con el listado de códigos de giro en el momento de la encuesta.

CASILLERO 43: ACTIVIDAD COMERCIAL DESARROLLADAEn esta casilla el encuestador anotará la actividad comercial que se desarrolla en dicha subunidad catastral, el cual debe ser coherente y corresponder al código de giro escrito en el casillero anterior.

CASILLERO 44: N° ÁREA UTIL COMERCIAL El encuestador hará el levantamiento del área útil comercial que posee la unidad catastral encuestada, esto significa que tomará en cuenta sólo las áreas que se utiliza para desarrollarse la actividad comercial

DATOS DE LOS ANUNCIOS

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Tipo.- Se anotará con un aspa o un check en el recuadro que corresponde el tipo de anuncio indicado en el panel, aviso o tipo de publicidad empleada, según la característica del mismo.

Simple Luminoso Iluminado Monumental

Leyenda.- En el se anotará el enunciado o leyenda del aviso publicitario que contiene el anuncio.

N° de Expediente.- Se anotará en esta casilla el número de expediente municipal que se gestiono o se encuentra en trámite para la respectiva autorización para anuncios. En caso de no contar el conductor o informante con este dato, el encuestador deberá dejar en blanco esta casilla.

Caras.- Se anotará el número de caras o superficies utilizadas para el anuncio publicitario del panel o aviso empleado.

Material.- Se anotará en este recuadro el material predominante con el que se ha elaborado el anuncio publicitario. Ejemplo: madera, acrílico, etc.

Medidas.- Se anotará en este casillero las medidas en metros lineales del aviso publicitario, para lo cual habrán dos recuadros:

Largo: se anotará el largo del panel o aviso.Ancho: se anotará el ancho del panel o aviso.

CASILLERO 58: OBSERVACIONESEn este recuadro se anotarán todas las incidencias notables ocurridas durante el llenado de las fichas catastrales que complementen la información señalada anteriormente.

CASILLERO 59: DOCUMENTOS PRESENTADOSSe colocará un aspa según corresponda en el recuadro correspondiente a los documentos presentados para llenar las fichas catastrales.

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Declaratoria de Fábrica Licencia de Construcción Licencia de Construcción (ampliación) Conformidad de Obra Certificado de Numeración Resolución de subdivisión Minuta de compra venta o similares Otros

CASILLERO 60: N° DEL DOCUMENTOSe colocará en esta casilla, según la fila que le corresponda, el número que posea cada uno de los documentos señalados en el casillero N° 59

CASILLERO 61: FECHA DE EXPEDICIÓNSe anotará la fecha (día/ mes/año) de la emisión del documento referido en el casillero 59, según corresponda.

CASILLERO 62: N° DEL EXPEDIENTEEl encuestador anotará el número de expediente que originó el documento presentado por el propietario ante la entidad competente.

INSCRIPCIÓN EN LOS REGISTROS PÚBLICOS

CASILLERO 63: TOMO / FICHA / PARTIDA ELECTRÓNICA: En él se anotarán los datos correspondientes a la inscripción de los bienes inmuebles en los registros públicos, indicándose el número de ficha registral o tomo según sea el caso.

CASILLERO 64: FOLIOSe anotará el número de folio en el que se encuentra inscrito el bien inmueble ante los registros públicos.

CASILLERO 65: ASIENTOEl encuestador anotará en esta casilla el número de asiento que indica el documento inscrito en los registros públicos.

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FIRMA DEL INFORMANTE, INSPECTOR Y DIGITADORSe anotará el apellido y nombres del informante, inspector, digitador, supervisor y control de calidad. Además se registrará el número de documento de identidad del informante, así como la fecha de elaboración de la ficha realizado por el inspector y la fecha digitación realizada por el digitador correspondiente.

3.2 FICHA DE PROPIETARIOSToda persona natural o jurídica con derecho de propiedad acreditado sobre un inmueble debe registrarse en esta ficha catastral.

SEGUNDA HOJA

CODIGO CATASTRAL Se repetirá el mismo código catastral consignado en la primera hoja de la ficha catastral en el casillero 01 con los campos de manzana, lote y unidad catastral.

DATOS DE LOS PROPIETARIOS

CASILLERO 66: APELLIDOS Y NOMBRES Y/O RAZON SOCIAL DEL PROPIETARIO

Cuando el propietario sea una persona natural el encuestador anotará los apellidos y nombres completos teniendo en cuenta las reglas de nomenclatura (Anexo N° 02). Para este efecto, solicitará al propietario su documento de identidad (Documento Nacional de Identidad, RUC, etc.).Cuando se trate de personas jurídicas, (cuya finalidad este amparada y definida en un estatuto como documento legal) anotará su razón social exactamente como esté registrada en el documento presentado (Facturas, guías, etc.).

Cuando se trate de un propietario desconocido se anotará ZZZ al inicio del casillero.

CASILLERO 69: INSCRIPCION DE DOMINIO

CASILLERO 70: CODIGO DEL PROPIETARIOEn este casillero el encuestador colocará el código del propietario, el cual es el mismo número que el de su Documento Nacional de Identidad (DNI), Registro Único de Contribuyente (RUC), Libreta Militar (LM) Carnet de Extranjería (CE) o el documento que lo identifique a nivel nacional.

CASILLERO 71: DOMICILIO FISCAL DEL PROPIETARIOSe llenará la información en forma similar a la consignada en los casilleros 02, 03, 04, 05, 06, de la primera hoja de la ficha catastral.

CASILLERO 72: INICIO DE PROPIEDAD (DD/MM/AA)

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En este casillero se indicará el día en que se inicia el derecho de propiedad del propietario actual, que figura en el documento de inscripción de los registros públicos.

CASILLERO 73: FIN DE PROPIEDAD (DD / MM / AA)En este casillero se indicará el día en que finalizó el derecho de propiedad del propietario anterior inmediato de la unidad catastral, que figura en el documento de Inscripción de los registros públicos.

CASILLERO 74: TIPO DE PROPIETARIOSe marcará con un aspa dentro del recuadro que corresponde al tipo de propietario (Artículo N° 09 - D.L. 776). De acuerdo a su clasificación tenemos:

Persona Natural Gobierno Central Gobierno Local Gobierno Regional Gobierno Extranjero Beneficencia Pública Comunidad Cooperativa Asociación Fundación Empresa Otro

CASILLERO: N° 75: CONDICIÓN DE PROPIEDAD Se marcará con un aspa dentro del recuadro en el que corresponde la condición de propiedad de la unidad catastral encuestada.

a) Propietario Únicob) Sucesión Intestadac) Poseedord) Sociedad Conyugale) Condominiof) Asociativag) Otros

CASILLERO 76: % CONDOMINIOEl encuestador llenará este casillero el porcentaje correspondiente a cada propietario de acuerdo a lo observado en los documentos presentados. La sumatoria de los porcentajes deben totalizar 100, aunque no en todos los casos.

3.2 FICHA DE BIEN COMUNSe describirán los Bienes de Uso Común de una propiedad bajo el régimen de Propiedad Exclusiva y Propiedad Común o bajo el régimen de Independización y Copropiedad.

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TERCERA HOJA

CODIGO CATASTRALSe repetirá el mismo código catastral consignado en la primera hoja de la ficha catastral en el casillero 01 con los campos de manzana y lote, en este caso no existe el campo de la unidad catastral, ya que se trata de los Bienes Comunes de todo el lote.

BIENES COMUNES En esta parte se llenarán los datos de los bienes de uso común (ya sea terrenos, construcciones o instalaciones) de una propiedad horizontal (quinta, edificios, solares, corralones, unidades vecinales, unidades residenciales).

TOTALES DE BIENES COMUNES

CASILLERO 110: AREA COMUN TOTAL DEL TERRENOEn este casillero el encuestador anotará el área común total del terreno, colocando la cantidad en metros cuadrados y dos decimales.

CASILLERO 111: AREA COMUN TECHADA TOTALEn este casillero el encuestador anotará el área común techada total, se anotará el área en metros cuadrados y dos decimales.Este recuadro deberá ser llenado en caso de que existan bienes comunes construidos (local de reuniones, lavanderías, guardianías, oficina de administración, cuarto de cisterna, baños, etc.) y/o áreas comunes (escaleras, entradas, pasajes, vestíbulos, ascensores, montacargas, etc.).

DETALLE DE BIENES COMUNESAquí se hará la recapitulación de los bienes comunes de cada unidad catastral en un mismo lote, para lo cual se colocará en una fila la información de cada una de ellas (contando con un máximo de 30 filas por hoja), los datos que se requiere en cada columna son los siguientes: N° Unidad Área de Terreno Común Área Común Techada % Valor de Otras Instalaciones

OTRAS INSTALACIONESEl encuestador deberá llenar los campos en una fila, por cada una de las otras instalaciones que existan. Esta referida a obras civiles instaladas para ser parte funcional del inmueble, como es el caso de cercos perimétricos, tanque elevado, cisterna, entre otras. Los datos que se consignen en cada columna son los siguientes:

Descripción de las Otras Instalaciones.- Se colocará en esta casilla el tipo de Instalación a la que se refiere, ya sea piscinas, cercos, puertas especiales etc.

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Unidad.- En que unidad de medición se encuentra la instalación en mención.Cantidad.- Se colocará la cantidad de unidades de medida que corresponde a la instalación mencionada.Año de Antigüedad.- Se indicará la cantidad de años, en caso de tener meses se colocará como mínimo 01 año de antigüedad.Estado de Conservación.- Se colocará las categorías de muy bueno, bueno, regular y malo según sea el casoValor.- El encuestador colocará el valor de la instalación a que refiere en la fila tomando en cuenta la depreciación por la antigüedad de los mismos. Total de Valor de Otras Instalaciones.- En esta casilla el encuestador colocará el resultado que dará la sumatoria total del valor de cada instalación mencionada en cada fila.

CASILLERO 112: DOCUMENTO DE LA INSCRIPCIONAquí el encuestador marcará el tipo de documento que los informantes han presentado, que en el caso de Propiedad Horizontal puede ser los siguientes:

Declaratoria de fábrica Reglamento Interno Modificación

CASILLERO 113: N° DEL DOCUMENTOEstas casillas serán llenadas con el número de documento, según la fila que corresponda y de acuerdo al tipo de documento de la inscripción mencionado en el casillero 112

CASILLERO 114: FECHA DE EXPEDICIONEl Encuestador colocará en esta casilla, la fecha de expedición del documento señalado entre las opciones de la casilla 112.

CASILLERO 115: N° DE EXPEDIENTESe colocará el número de expediente que generó el documento de inscripción de los bienes comunes.

FIRMA DEL INFORMANTE, INSPECTOR Y DIGITADORSe anotará el apellido y nombres del informante, inspector, digitador, supervisor y control de calidad. Además se registrará el número de documento de identidad del informante, así como la fecha de elaboración de la ficha realizado por el inspector y la fecha de digitación realizada por el digitador correspondiente.

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MANUAL DE ACTUALIZACION GRÁFICA

INTRODUCCIÓN

Este manual tiene por objeto minimizar las posibilidades de error a través de la estandarización de conceptos y definiciones, detallando los aspectos más importantes.

Este documento ha sido elaborado con la participación de los técnicos y profesionales de la oficina recogiendo la experiencia lograda en todos estos años de trayectoria técnica en el campo del catastro municipal.

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I. GENERALIDADES

Sobre el plano topográfico se registrarán todos los detalles del terreno. Por lo que toda la información o detalle a actualizar deber estar ligado a la información existente en el plano (muros, construcciones, veredas) sobre el cual se está trabajando.Tener especial cuidado en la lectura de las medidas de campo, y en su posterior rotulado en gabinete.Se trabajará con el mayor grado de precisión a fin de garantizar un buen trabajo y facilitar la automatización del mismo

1.1 ROTULADOLa rotulación de las simbologías, anotaciones y medidas serán uniformes, de tal manera que faciliten la lectura, para lo cual debe tenerse en cuenta lo siguiente:

La identificación del elemento representado y de las medidas que se hayan tomado no deben de dar lugar a dudas.

El gráfico del detalle y las simbologías deben de estar bien dibujados y rotulados, para obtener una buena presentación.

Se puede hacer gráfico a parte si el caso lo requiere y a otra escala si fuera necesario Se determinará el tipo y nombre de la vía de acuerdo al código de vías y se abreviará solo el tipo de vías y se tendrá cuidado de indicar cada letra y ortografía de principio a fin.

1.2 CLASIFICACION DE CAMPO

Es el procedimiento mediante el cual se realiza el levantamiento y actualización de la información gráfica, obteniendo la información y datos de campo al exterior de la manzana con su respectiva toponimia (vías públicas, parques, etc.), para la debida comprensión del plano. Este procedimiento abarcará toda la superficie materia de inventario catastral.

1.3 OBJETIVO

Tiene como objetivo definir el borde de la manzana y definir los detalles de las veredas como las bermas centrales así como la recolección de nombres de vías e hitos urbanos para la elaboración de los planos topográficos.

1.4 DATOS QUE DEBEN LEVANTARSE

Detalles topográficos del terrenoToponimia (Vías, hitos urbanos)Instalaciones de agua y alcantarilladoInstalaciones eléctricas Instalaciones ferroviariasInstalaciones telefónicasOtras instalaciones

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Page 40: Manual Catastro miraflores

1.5 MATERIAL DE CONSULTA

Fotografías aéreasPlanos topográficosGuía de calles.Lista de vías proporcionada por la municipalidad.

1.6 TRABAJO PRELIMINAR

El equipo de clasificación de campo realizará la actualización de la información en la copia del plano topográfico, para esto deberá cortar manzana por manzana, indicando el norte y el número de manzana.

Se obtendrá el plano básico del Distrito a escala 1/5,000 donde se señalará el limite del distrito, Límite de los sectores para facilidad de control del supervisor y de ubicación de cada equipo en campo. Se requiere copias del plano básico por sector incorporando el número de las manzanas catastrales.

Este plano básico es utilizado para ubicar gráficamente las manzanas, y los sectores. En dicho plano básico se indicará el avance alcanzado y otras información que considere conveniente.

II. PROCEDIMIENTO

La actualización de complemento gráfico consiste en tres etapas:

Trabajo de campoTrabajo de gabineteControl de calidad.

2.1 TRABAJO DE CAMPO

El equipo de complemento gráfico antes de realizar el trabajo de campo realizará previas anotaciones sobre la manzana a trabajar, de la información que se pueda obtener del material de consulta y otras fuentes de índole similar, estos datos deberán ser verificados en campo obligatoriamente.

Se planificará la ejecución de la actualización, se utilizarán los conceptos impartidos en el curso de capacitación, llevando consigo los materiales necesarios y se realizará el trabajo de la siguiente manera:

a) Se hará el reconocimiento de la manzana con la finalidad de definir por cual frente de la manzana se debe de iniciar.

b) Se determinarán los linderos de operación (Ejes de Manzana), utilizando los métodos ya definidos.

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Page 41: Manual Catastro miraflores

c) Se procederá a la verificación y actualización del mobiliario urbano.

d) Se registrarán en el plano los detalles de veredas, jardines laterales, bermas, pistas, etc. En la etapa de campo, toda la recolección de información se hará con lápiz.

e) Se tomarán medidas de ancho de la vereda y jardín lateral en cada intercambio de línea de operación.

2.2 TRABAJO DE GABINETE

Consiste en graficar a escala y rotular la información obtenida en campo, con el método que adopte el técnico, deberá ser ordenado y claro a fin de que permita:

Economizar tiempo Prevenir las equivocaciones y omisiones Interpretar con facilidad los datos rotulados

2.3 CONTROL DE CALIDAD

Para realizar el control de calidad se deberá tener presente las siguientes consideraciones:

Calidad : en los gráficos y rotuladoClaridad : en lugares donde hay acumulaciónPrecisión : en las medidas tomadasMedición : posibles errores de lectura en campo y/o rotulado

en gabinete, se remarcarán los detalles cuya medida no esté claramente definida.

En campo se revisará todo lo que ha sido remarcado corrigiendo y ubicando las medidas omitidas.

III. DETERMINACION DE LA LINEA DE OPERACIÓN (EJE DE MANZANA)

3.1 REGLAS GENERALES

Se determinará la línea de operaciones con la mayor precisión y, por lo general en el borde interno de la vereda de manera que coincida con el borde de la manzana (lindero de la manzana).

Las medidas para determinar la línea de operación se tomarán a partir de líneas que aparecen en el plano y que correspondan a construcciones, muros, etc. que estén bien definidas en el plano y que corresponda físicamente a lo verificado en campo.

Las anotaciones o acotaciones para determinar la línea de operación se realizarán con tinta roja.

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Page 42: Manual Catastro miraflores

La línea de operación (ejes) será una línea recta para lo cual se determinará sólo dos puntos.

3.2 CONCEPTOS GENERALES

CONCEPTO I.Determinación de una línea perpendicular a la línea de operación utilizando el triángulo notable de lados 3.0, 4.0 y 5.0

CONCEPTO II.Determinación de una línea perpendicular, la línea de operación a partir de un punto exterior.

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Page 43: Manual Catastro miraflores

CONCEPTO III.Determinación de un punto por abscisas y ordenadas.

3.3 ACTUALIZACION DEL MOBILIARIO URBANO

Es el conjunto de elementos topográficos ubicados al exterior de la manzana, referidos a las instalaciones ferroviarias, viales, agua, alcantarillado, eléctricas y telefónicas representados en el plano por su simbología.

REGLAS GENERALES

Antes de iniciar el levantamiento y/o actualización del mobiliario urbano debe de haberse determinado la línea de operación.

Todas las cotas y medidas obtenidas en campo se harán con lápiz sobre la base cartográfica empleada.

El levantamiento del mobiliario urbano sobre todo de buzones se realizará hasta el medio de la vía, solo en los frentes que dan al norte y al este de cada manzana.

Se tomará medidas de ancho de la vereda y jardín lateral en cada intercambio de la línea de operación.

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Page 44: Manual Catastro miraflores

3.4 METODOS

3.4.1 METODO ITomando como punto de apoyo las líneas que representan los linderos del lote.

3.4.2 METODO IIIdentificando líneas que correspondan a construcciones o muros que no tienen volado (construcciones aplomo) y que están construidas en el borde de la manzana.

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3.4.3 METODO IIIDeterminación de la línea de operación a partir de construcciones internas de la manzana.

3.4.4 METODO IVDeterminación de la línea de operación a partir de volados de las construcciones que están bien definidas.

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Page 46: Manual Catastro miraflores

3.4.5 CASOS ESPECIALESa) Cuando parte de la manzana es curva es necesario indicar el inicio y final de la curva, y por lo menos un punto intermedio.

b) Para las manzanas que tienen el frente totalmente curvo para dar la forma de la manzana es necesario apoyarse en las construcciones internas de la manzana, volados, muros o construcciones aplomo.

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c) Cuando no se puede determinar fácilmente la forma de la manzana, se puede apoyar en manzanas adyacentes ya definidas.

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Page 49: Manual Catastro miraflores

ANEXO 01

RECOMENDACIONES GENERALES

1. Deberá aplicarse las reglas básicas de escritura y nomenclatura, así como otras especificaciones técnicas indicadas durante el proceso de levantamiento de la información catastral.

2. Todos los datos deberán ser escritos con bolígrafo o lapicero de tinta y no deberá usarse borrador ni corrector para las modificaciones. Si se quiere anular una letra o cualquier otro dato, se trazará una línea continua a lo largo del mismo anotando el nuevo dato en la parte superior o inferior según convenga.

3. Los encuestadores para llenar los datos en las fichas catastrales y los otros formatos, utilizarán lapicero color azul. Mientras que los técnicos de control de calidad utilizarán lapicero color rojo para completar o corregir los datos durante el proceso de control de calidad.

4. En caso de que el propietario requiera una copia de la ficha, deberá indicársele que, se remitirá posteriormente la información catastral registrada en el sistema para su validación final.

5. El encuestador deberá anotar su apellido, nombre, fecha y firma en la ficha catastral y en cada uno de los formatos que utilice en la encuesta. Estos deben ser compaginados y numerados por unidad catastral, lote y manzana, ordenándose debidamente antes de su entrega al supervisor.

6. Por otra parte, existen factores humanos que deben ser controlados para evitar que se generen errores de información, como es el caso de la escritura. Una escritura ilegible, borrones o enmendaduras, letras o números personalizados en forma caprichosa, etc., son motivos de desconciertos o malas interpretaciones del personal de digitación y de los errores consiguientes.

7. Cuando se trate de números (Nro. Municipal, Nro. de Resolución, Nro. de Licencia de Construcción, Nro. de Declaratoria de Fábrica, etc.), se registrarán los dígitos de los casilleros de izquierda a derecha.

8. Como regla general el personal de campo debe considerar como regla de oro, LA PULCRITUD, a fin de garantizar un buen trabajo.

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ANEXO 02

TIPOS DE PROPIETARIO

01 Persona Natural.- Es la persona con capacidad (mayoría de edad) para adquirir y ejercer derechos así como contraer y cumplir obligaciones.

02 Persona Jurídica.- Es la constitución de entidades legalmente inscritas, bajo la cual tienen derechos y obligaciones tributarias.

ANEXO 03

CONDICION DE PROPIEDAD

01 Propietario Unico.- Cuando una persona natural o jurídica posee todos los derechos de propiedad de la unidad catastral.

02 Sucesión Intestada.- Cuando el acceso a la propiedad es por herencia, a la muerte del titular y en el caso de no haberse efectuado la división o partición judicial. Son los casos de herederos, sucesiones intestadas, testamentarias, o el simple fallecimiento del titular.

03 Poseedor.- Cuando una persona ejerce la posesión o dominio de la propiedad sin tener un título de propiedad que lo respalde. El poseedor es reputado propietario mientras no se pruebe lo contrario. Un inquilino no es igual a un poseedor.

04 Sociedad Conyugal.- Cuando la propiedad ha sido adquirida dentro del matrimonio civil bajo el régimen de sociedad de gananciales.

05 Copropietarios.- Cuando el acceso a la propiedad está dado en forma conjunta por varios condóminos en porcentajes definidos.

06 Tenedor.- Es la persona que está ocupando la unidad catastral por encargo de otra.

07 Otro.- Para condiciones de propiedad no consideradas en los rubros anteriores. Cuando se encuentre este caso, se describirá la incertidumbre jurídica de la situación legal de la propiedad, aclarando la misma en el casillero OBSERVACIONES. Ejemplo: Litigio.

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ANEXO 04

ESTADO DE LA CONSTRUCCION

01 Terreno.- Con o sin cerco perimétrico y que no tenga otras construcciones en su superficie

02 En Construcción.- La unidad catastral no habitada que se encuentre en proceso de construcción.

03 Terminado.- El ambiente arquitectónico constituido.

04 En ruinas.- Equivale a la calificación de estado de conservación muy malo. Para las construcciones en la que la estructura presenta un deterioro tal que hace presumir su colapso y que su único valor es el de los materiales recuperables.

05 Otro (Especificar).- Para los casos de edificaciones, demolición, tugurios etc.

ANEXO 06

ESTADO DE CONSERVACION

01 Muy bueno: Para las construcciones terminadas que reciben mantenimiento permanente y que no presentan deterioro alguno.

02 Bueno: Para las construcciones que reciben mantenimiento permanente y sólo tienen ligeros deterioros en los acabados debido al uso normal.

03 Regular: Para las construcciones que reciben mantenimiento esporádico, cuya estructura no tiene deterioro o si la tiene no lo compromete y es subsanable, o que los acabados e instalaciones presentan deterioros visibles debido al uso normal.

04 Malo: Para las construcciones que no reciben mantenimiento regular, cuya estructura acusa deterioros que la comprometen aunque sin peligro de desplome y que los acabados e instalaciones tienen visibles desperfectos.

05 Muy Malo: Para las construcciones en las que la estructura presenta un deterioro tal que hace presumir su colapso y cuyo único valor es el de los materiales recuperables.

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ANEXO 07OBRAS COMPLEMENTARIAS (COMUNES Y NO COMUNES)

CODIGO DESCRIPCION

01 CERCOS 02 TANQUE ELEVADO 03 PISCINA / ESPEJO DE AGUA 04 LOSA DEPORTIVA 05 ESTACIONAMIENTO 06 CISTERNA 07 HORNO 08 CHIMENEA 09 CASETA DE CONTROL (MATERIAL NOBLE) 10 POZO SUMIDERO 11 CALDERO 12 INCINERADORES 13 BOVEDA 14 MARQUESINAS 15 PATIO DE MANIOBRA 16 BALANZA INDUSTRIAL 17 SUPERFICIE DE RODADURA 18 OTROS

ANEXO N° 02REGLAS BASICAS DE ESCRITURA

1. Todos los datos deberán inscribirse con letras mayúsculas en tipo imprenta, de acuerdo al siguiente modelo:

A B C D E F G H I J K L M N O Ñ O P Q R S T U V W X Y Z

1 2 3 4 5 6 7 8 9 0

2. Existen datos que contienen letras y números (código de documento de identidad) y algunas letras pueden ser confundidas con números (B con 8, G con 6, l con 1, O con 0, S con 5, T con 7, Z con 2). En estos casos, para evitar errores se colocará un guión bajo la letra que pueda causar confusión. Ejemplo:

B8S323560 6G889113 42I114462 1O001007

AS223560 54T57643 F7223452

MZ S LT 05 DPTO B

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ANEXO N° 03 REGLAS BASICAS DE NOMENCLATURA

Estas reglas tiene como objetivo uniformizar la escritura de los nombres de personas naturales (el ser humano) y personas jurídicas (entidades reconocidas por la sociedad, con derechos y obligaciones propias)

PERSONAS NATURALES:

1. Cuando el dato es captado del documento de identidad presentado por el propietario, en este caso anotarán primero los apellidos y luego los nombres completos, sin usar iniciales.

2. En este caso de que no se consiga esta información de un documento de identidad sino de otro tipo de documento o de un declarante, se procurará tomar los apellidos y nombres completos del propietario. Sólo en este caso se da la posibilidad de utilizar iniciales para el apellido materno y nombres.

3. Primero se registrará el apellido paterno, luego el nombre se colocará una coma (,) como separación y luego los nombres. Ejemplos:

Iván Joaquín Torres PérezTORRES PEREZ, IVAN JOAQUIN

María del Pilar Asunción De la Cruz VerásteguiDE LA CRUZ VERASTEGUI, MARIA DEL PILAR ASUNCION

J.P. SnoweenSNOWEEN J.P.

Pedro P. DíazDIAZ, PEDRO P.

4. Cuando existan apellidos y nombres poco usuales o con caracteres especiales (“, -; ,’, etc.), el nombre se escribirá de acuerdo a la referencia de documento o informante consultado, procurando seguir las reglas anteriores. Ejemplos.

Angela Pérez y Pérez del SolarPEREZ Y PEREZ DEL SOLAR, ANGELA

Roberto Soto-Cendrán ZaSOTO CENDRAN ZA, ROBERTO

Cecil D’ Angelo MariottiD’ ANGELO MARIOTTI, CECIL.

Roberto CarlosCARLOS, ROBERTO

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Luz Carmen RosadoCARMEN ROSADO, LUZ

Lee ChangCHANG LEE

5. Si la propietario es una mujer casada o viuda, primero se escribirá el apellido de soltera seguido de la preposición DE, o de las palabras VDA De y luego el apellido del esposo, una coma (,) y los nombres. Ejemplos:

Rosa Pérez de CúnneoPEREZ DE CUNNEO, ROSA

Margarita Gómez Viuda de GálvezGOMEZ VDA DE GALVEZ, MARGARITA

María Josefina del Solar Viuda de la Torre DEL SOLAR VDA DE LA TORRE, MARIA JOSEFINA

6. Para el caso de sucesiones Indivisas, herederos de testamentarias, propietarios fallecidos, se inscribirá de la siguiente forma:

Sucesión Indivisa Rosa PérezSUC ROSA PEREZ

Herederos Angélica Pozo de DíazSUC ANGELICA POZO DE DIAZ

Testamenteria Flor SilvestreSUC FLOR SILVESTRE

Pedro Vargas (fallecido)SUC PEDRO VARGAS

PERSONAS JURIDICAS

La razón social de las personas jurídicas se escribirá de la misma forma con que se encuentren registradas. Para este efecto se consultará con su registro como persona jurídica o con algún documento donde aparezca se razón social (factura, guía, recibo, licencia, etc.) Ejemplo:

FARMACIA SANTA ISABEL

PANADERIA BELEN S.A.

ANEXO 20CASOS QUE NO REQUIEREN DE INSPECCIÓN OCULAR

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1. Código de vía2. Denominación de la Vía3. Numero Municipal o Identificación4. Documento de Identidad del propietario o contribuyente5. Apellidos y Nombres / Razón social del propietario 6. Porcentaje de participación de los condominios7. Domicilio fiscal del propietario y/o contribuyente8. Tipo de propietario9. Exoneración a los impuestos 10.Condición de la propiedad11.Zonificación, estructuración12.Porcentaje de Bienes Comunes13.N° de Licencia de Construcción, conformidad de Obra14.N° de Inscripción en los Registros Públicos 15.N° de Licencia de Funcionamiento16.Area de terreno y/o área construida, sólo para los casos en que la

discrepancia de áreas entre lo declarado y lo verificado esta dentro de los rangos permisibles establecidos por las Normas y Especificaciones Técnicas.

ANEXO 21CASOS QUE REQUIEREN INSPECCIÓN OCULAR

1. Delimitación de lindero de lotes2. Delimitación de áreas de terreno en el plano3. Delimitación de edificaciones4. Creación de código catastral5. Clasificación del predio 6. Estado de la construcción7. Área de terreno8. Uso de la Unidad catastral o predio9. Conexiones domiciliarias 10.Número de pisos11.Material estructural12.Categorías de las construcciones13.Área construida14.Otras instalaciones 15.Área de uso para la actividad comercial16.Tipos de anuncios17.Área ocupada por los Anuncios18.Actividad Económica

CASOS BASICOS

Son considerados casos básicos porque constituyen la generalidad del 54

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levantamiento y/o actualización catastral. Se caracteriza porque la edificación responde al único uso para lo cual fue diseñado, así como su remodelación responde adecuadamente para el nuevo uso.

El uso residencial.- Se presenta en la ciudad en:

Viviendas Unifamiliares.- Que se constituyen como una unidad de vivienda.Viviendas Bifamiliares: constituyen dos unidades de vivienda. Viviendas Multifamiliares.- Que se constituyen como unidades múltiples de vivienda.

El uso comercial.- Se presenta básicamente en forma individual y/o aglutinadas expresados en galerías, mercados, centro comercial, comercio informal, para lo cual se utilizará la ficha de bienes comunes donde se registrará los bienes comunes.

El uso industrial.- Se considera como una unidad catastral con la identificación de las edificaciones que conforman la industria.

Se consideran 6 casos básicos:

Caso 1: Unidad Catastral: Uso Residencial (Casa Habitación)

1 Ficha Individual

Caso 2: Unidad Catastral : Uso Comercial.

1 Ficha Individual1 Ficha Económica

Caso 3: Unidad Catastral : Uso Industrial.

1 Ficha Individual1 Ficha Industrial1 Ficha Económica

Caso 4: Unidad Catastral : De Uso Residencial (Multifamiliar) con Régimen de Propiedad Exclusiva y Común.

1 Ficha Individual c/uu.cc.1 Ficha de Bienes Comunes

Caso 5: Unidad Catastral : Uso Residencial (Quinta) con Régimen de Independización y Condominio.

1 Ficha Individual c/uucc 1 Ficha de Bienes Comunes

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Caso 6: Unidad Catastral: Uso Residencial (Edificio) con Régimen de Propiedad Horizontal.

1 Ficha Individual c/uucc 1 ó más Fichas de Bienes Comunes según Nº de reglamentos internos

CASUISTICA DE MIRAFLORES

CASO IVIVIENDA UNIFAMILIAR

Una ficha catastral. Una ficha de propietarios.

CASO IIVIVIENDA MULTIFAMILIAR BAJO REGIMEN DE PROPIEDAD HORIZONTAL

Tantas fichas catastrales como unidades independizadas existan. Una ficha de propietarios. Ficha de Bienes Comunes.

CASO IIIVIVIENDA CON ACTIVIDAD ECONOMICA CON UN MISMO INGRESO

Una ficha catastral con código 77. Uso predominante. Una ficha de propietarios. Se consignan datos de la actividad en la parte correspondiente a

Subunidad.

CASO IVVIVIENDA CON ACTIVIDAD ECONOMICA Y CON DIFERENTES INGRESOS

Dos fichas catastrales, una por la vivienda y otra por la actividad. Una ficha de propietarios.

CASO VCOMERCIOS O SERVICIOS

Una ficha catastral. Una ficha de propietarios. Los datos de la actividad se consignan en la parte correspondiente a

Subunidad.

CASO VIEDIFICIO DE DEPARTAMENTOS BAJO REGIMEN DE PROPIEDAD HORIZONTAL

Tantas fichas catastrales como departamentos independizados existan. Tantas fichas de propietarios según sea el caso. Una o mas fichas de bienes comunes según el tipo de reglamento interno

CASO VIIEDIFICIO DE GALERIAS Y/O CENTROS COMERCIALES

El mismo procedimiento que en el caso VI.

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CASO VIIIPLAYAS DE ESTACIONAMIENTOS

a. Si los estacionamientos están independizados legalmente: Una ficha catastral por cada estacionamiento. Información de la actividad económica Una o más fichas de propietarios según sea el caso. Una o mas fichas de bienes comunes según el tipo de reglamento interno.

b. Si no existe independización legal: Una ficha catastral. Un ficha de propietarios. Se consigna la información de la actividad en la parte correspondiente a

Subunidad.

CASO IXVIVIENDAS BAJO EL REGIMEN DE PROPIEDAD EXCLUSIVA

Una ficha por cada unidad. Una ficha de propietarios. Una ficha de bien común con área del pasaje y/o área construida común.

CASO XCAMPOS FERIALES

Una sola ficha catastral. Tantas subunidades como interiores tenga el inmueble. Existe una licencia de funcionamiento por todo el campo ferial y cada

interior también debe tener una licencia de funcionamiento independiente.

CASO XIMERCADOSa. Si los puestos están independizados legalmente:

Una ficha catastral por cada puesto. Información de la actividad económica. Una o más fichas de propietarios según sea el caso. Una o mas fichas de bienes comunes según el tipo de reglamento interno.

b. Si no existe independización legal: Una ficha catastral. Un ficha de propietarios. Se consigna la información de la actividad en la parte correspondiente a

Subunidad.

CASO XIIDEPARTAMENTOS CON ESTACIONAMIENTOS UBICADOS EN DIFERENTE NIVEL

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a. Si el estacionamiento se encuentra o no independizado legalmente: Una ficha catastral por el departamento. Una ficha catastral por el estacionamiento. Una o más fichas de propietarios según sea el caso. Una o mas fichas de bienes comunes según el tipo de reglamento interno.

b. Si el estacionamiento se encuentra fuera del edificio y no hay construcción que lo encierre, entonces se colocará en uso: ESTACIONAMIENTO, en estado: OTROS y en tipo: PREDIO EN EDIFICIO.

CASO XIIICONSTRUCCIONES EN AZOTEASEn el caso de viviendas, se levantará la información respectiva considerándolas como otro nivel mas de edificación Si estas construcciones corresponden a cuartos de servicios, tendales, depósitos etc., ubicados en edificios y pertenecientes a departamentos situados en distinto nivel, se procederá a levantar la información correspondiente considerándolas como otra unidad catastral aún cuando no se encuentren independizados legalmente.

CASO XIVMEZZANINES ACONDICIONADOSEn este caso, se considerarán las categorías del material de construcción del mezanine sin considerar el rubro techo por cuanto ya se encuentra incluido en el área construida del nivel correspondiente.

CASO XVCONSTRUCCIONES EN AREAS COMUNESEn este caso se levantará las características constructivas, área y demás detalles respectivos, y dependiendo de sus características, se le considerará como otra unidad mas.

CASO XVIMARQUESINAS EN GRIFOSSegún los antecedentes vistos y consultas realizadas al CONATA, este tipo de construcciones se deben considerar como OTRAS INSTALACIONES.

CASO XVIIEXISTENCIA DE MAS DE UN REGLAMENTO INTERNOSegún lo considerado en el reglamento de la ley 27157, puede existir para una edificación mas de un reglamento interno, por esto, el técnico deberá llenar tantas fichas de bienes comunes como reglamentos tenga la edificación, teniendo especial cuidado de registrar los porcentajes de participación sobre los bienes comunes.

CASO XVIII: BIENES COMUNES18.1 Dos edificios en un solo loteCorresponde a los casos de Unidades Catastrales de dos edificaciones diferentes

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que gozan del Régimen de Propiedad Exclusiva y Propiedad Común, y donde el lote catastral es común a las 2 edificaciones (01 lote).El técnico de campo debe tener cuidado en el desarrollo de las FICHAS CATASTRALES DE BIENES COMUNES, (una ficha por cada Reglamento Interno y una de recapitulación), registrar las construcciones comunes, la Recapitulación de Bienes Privados y % de Edificios. Los Reglamentos Internos deberán totalizar 100% (sobre el total del área construida).

18.2 Construcción en área comúnCorresponde a los casos donde se han edificado unidades catastrales en área común, frecuentemente sucede en Unidades Vecinales en el 1ro. y/o último piso, detectándose 2 opciones:

Cuando la nueva unidad catastral se comunica con la ya edificada (se considerará 1 sola unidad catastral) que es una construcción en el bien común por lo tanto no participa del % de bienes comunes.

Cuando la nueva unidad no se comunica con la ya edificada (se considerarán 2 unidades catastrales)

El técnico de campo debe tener especial cuidado para determinar ambos casos y poder diferenciar las construcciones (fechas diferentes).

CASO XIX: CONSTRUCCION EN TERRENO DE OTRO PROPIETARIOCorresponde a los casos donde la edificación está en terreno de otro propietario. Se asignarán códigos catastrales al terreno y a la construcción (2 unidades catastrales); por lo tanto deberá llenarse 2 fichas catastrales.

CASO XX: SOLARES, CALLEJONESAmbientes sin continuidad funcional

Características:1. No existe continuidad en las relaciones funcionales de los ambientes de una

vivienda; generalmente se da en callejones y solares.2. Con o sin Régimen de Propiedad Horizontal.

SOLUCION:

1. Se considera cada ambiente como una unidad catastral.2. A cada unidad catastral le corresponderá un porcentaje de los bienes comunes

por separado. Ejemplo (Gráfico N°1)

GRAFICO Nº 1

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CASO XXI: Un solo ingreso externo (a la vía) con 2 ó más usos, con independencia física y con ingresos internos independientes (Ver gráfico Nº2).

Características:1. Un solo ingreso2. Dos (02) o más unidades catastrales independientes, con ingresos propios al interior.

SOLUCION:

1. Considerarlos como dos (02) o más unidades catastrales independientes.2. Crearle la numeración interna de acuerdo a las Reglas establecidas.3. Todas las puertas deben tener número municipal o en su defecto tener números creados.4. Cuando las unidades se superponen se tratarán bajo el Régimen de Propiedad Horizontal. El área total del terreno, se consignará en la ficha de bien común; y se repartirá el porcentaje de bienes comunes con relación al área construida de cada unidad catastral.5. Si se tratara de un solo nivel, cada unidad catastral tendrá su área techada y de terreno propio; el área del pasaje común se consignará en la ficha de bien común y se repartirá de acuerdo al área de terreno de cada unidad.

GRAFICO Nº 2:

CASO XXII: LOTE MEDITERRANEO

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Page 62: Manual Catastro miraflores

SOLUCION:

1) Se consideran dos unidades catastrales.2) La unidad catastral B tiene derecho a servidumbre.3) A la unidad A le corresponde el área que ocupa más el área del pasaje común.

GRAFICO Nº 3:

CASO XXIII: CONJUNTOS HABITACIONALES Construcción levantada en área común (GRAFICO Nº 4)

Se presentan dos casos:

23.1 Cuando la nueva construcción (área común) se comunica con la unidad catastral existente del primero y último piso.

SOLUCION:1. Se considerará una sola unidad catastral.2. En la Ficha Catastral debe figurar las dos construcciones con el número de

piso y las fechas de construcción que les corresponde.3. La construcción ilícita no tiene participación de bien común. Solo se

considerará el área propia legal.

23.2 Cuando la nueva construcción (área común) no se comunica con la unidad catastral existente del primero y último piso.

SOLUCION:1. Se considerará dos unidades catastrales.2. No le corresponde % de bien común a la construcción ilícita.

GRAFICO 04:

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CODIFICACIÓN DE LA FICHA DE BIENES COMUNES APLICANDO LO DISPUESTO EN LA LEY 27157

CASO N° 01: Cuando la edificación en un lote, tiene un solo reglamento interno (edificio, quinta, galería, solar, etc.).

Solución: Manzana Lote 157 003

Se llenarán los datos correspondientes al % de área de terreno y % área construida (% de construcción igual al % de terreno).

CASO N° 02: Cuando existen dos edificaciones en un mismo lote y reglamento interno por edificación.

Solución:Manzana Lote

0345 001 0345 001

Se anotarán los datos por cada reglamento interno en dos fichas de bienes comunes, anotando en observaciones la información necesaria.

CASO N° 03: Cuando en un edificio existen reglamentos internos por piso

Solución: Manzana Lote

264 25 264 25 264 25 264 25

Se procederá de igual manera que en el caso anterior.

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CASO N° 04: Unidades vecinales con reglamento interno por edificación

Solución: Manzana Lote

A: 457 001 B: 457 001 C: 457 001

Se procederá de igual manera que en el caso anterior.

CASO N° 05: Cuando existe reglamento interno por secciones en un mismo edificio dentro de una unidad vecinal

Solución: Manzana Lote 418 015 418 015 418 015

Se procederá de igual manera que en el caso anterior.

CASO N° 06: Cuando existe reglamento interno por secciones en una edificación con ambientes independientes.

Solución:

Manzana Lote 119 018 119 018

Se procederá de igual manera que en el caso anterior.

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