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nDCmnFAgencia para el Desarrollo de las

lWacroregiones y zonas Fronterizas

Agencia para el Desarro1lo de las Macroregiones y

Zonas Fronterizas‐ ADEMAFCODIGO DE ETICA

V

CODIGO DE ETICA

CAPITULO I

DISPOSICIONES GENERALES

Articulo 1. (OBJETIVO).

El presente Codigo de Etica tiene por objetivo regular la conducta 6tica de las servidorasy servidores p0blicos de la Agencia para el Desarrollo de las Macroregiones y ZonasFronterizas - ADEMAF en el ejercicio de sus funciones con base en los principios y

valores establecidos en la Constitucion Politica del Estado.

Articulo 2. (FINALIDAD).

Constituirse en un instrumento destinado a mejorar el desempefro y la conducta 6tica, delas servidoras y servidores p0blicos, de tal forma que brinden calidad y calidez en el

ejercicio de sus funciones dentro de la ADEMAF.

Articulo 3. (AMBITO DE APLICACION).

Est6n sujetos al presente Codigo de Etica, todas las servidoras y servidores p0blicosdependientes de la ADEMAF, sin excepcion, independientemente de la fuente de su

remuneracion, del niveljerdrquico y del tiempo que presten sus servicios.

Articulo 4. (BASE LEGAL).

El presente Codigo se sustenta y fundamenta en los siguientes instrumentos legales:

a) Constitucion Politica del Estado.b) Ley N" 1178 de 20 de julio de 1990, de Administracion y Control

Gubernamentales.c) Ley N' 2027 de27 de octubre de 1999, del Estatuto del Funcionario P0blico.d) Ley N" 2104 de 21 de junio de 2000, modificatoria a la Ley N" 2027.e) Decreto Supremo N" 25749 de 24 de abril de 2000, Reglamento de Desarrollo

Parcial a la Ley N" 2027.

0 Decreto Supremo N" 23318-A de 3 de noviembre de 1992, Reglamento a la

Responsabilidad por la Funcion PUblica.g) Decreto Supremo N' 26237 de 29 de junio de 2001, modificatorio del Decreto

Supremo N'23318-A.h) Decreto Supremo N' 29820 de 26 de noviembre de 2008, modificatorio del

Decreto Supremo N' 2331 8-A.i) Decreto Supremo N' 29894 de 07 de febrero de 2009, Estructura Organizativa del

Organo Ejecutivo del Estado Plurinacional de Bolivia.j) Decreto Supremo No 0214 de 22 de julio de 2009, Politica Nacional de

Transparencia y Lucha Contra la Corrupcion.k) Ley No 004 de 31 de matzo de 2010, de Lucha Contra la Corrupci6n,

Enriquecimiento llicito e lnvestigacion de Fortunas "Marcelo Quiroga Santa Cil)z".

nD⊂mnFAaencia pr.. el Desar.ollo de l.r

Ma(roregiones v ronns Frohteiirar

Reglamento lnterno de Personal, aprobado con Resolucion Administrativa N' 09de 26 de enero de 2011.Resoluci6n Ministerial N' 722112 de 20 de septiembre de 2012, Guia para laElaboracion del Codigo de Etica lnstitucional.Resolucion Biministerial N' 00112012 de 22 de. agosto de 2012, Aprueba laPolitica Plurinacional de Descolonizacion de la Etica P0blica y Revolucion delComportamiento de las y los Servidores P0blicos.Otros relacionados.

Articulo 5. (DEFINICIONES).

Se establecen las siguientes definiciones para la aplicacion y comprension de lost6rminos utilizados en este Codigo:

a) Valor Etico: Se entiende como una cualidad o caracteristica humana que orientael comportamiento de las servidoras y servidores p0blicos de la entidad, que esrespetada y apreciada por ellos y que al ser permanentes, su validez no dependede circunstancias cambiantes

b) Principios Eticos: Son reglas o normas de conducta que orientan la accion delas servidoras y servidores p0blicos para que prevalezcan sus valores.

Servidora y Servidor PUblico: Es aquella persona individual, queindependientemente de su jerarquia, fuente de su remuneracion y calidad, prestaservicios en relacion de dependencia en la ADEMAF.

Mixima Autoridad Ejecutiva (MAE): Es el representante legal de la entidad antelos Organos P0blicos para la toma de decisiones.

e)Etica Pttblica:Es la promociOn en las seⅣ ldoras y servidores plblicos,a una

cultura 6tica basada en principios, valores y conductas que permitan el desarrollode la gesti6n p0blica mds plena y arm6nica posible.

C6digo de Etica: Es un documento que re0ne valores y principios - 6ticosmorales, que regulan la conducta de las servidoras y servidores p0blicos, en elejercicio de sus funciones.

lnfracci6n Etica: Son aquellas conductas de acci6n u omisi6n que contraviene lodispuesto en el Codigo de Etica.

Buena Conducta: Se considera buena conducta cuando la servidora o servidorptiblico de la ADEMAF actla de acuerdo a los principios y valores previstos en elpresente C6digo de Etica.

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Arricuto 6. (cLAusuLA DE SEGURTDAD, REVIStON Y ACTUALTZACTON).

l. En caso de advertirse contradicciones y/o diferencias en la interpretaci6n del presenteC6digo, la Unidad de Transparencia de la ADEMAF remitird la respectiva consulta a laDirecci6n General del Servicio Civil del Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsi6n Social,que se constituye en la instancia autorizada para el establecimiento de las lineas odirectrices que aclaren dichos conflictos, conforme a los alcances y previsiones de lanormativa aplicable a cada caso.

ll. La Unidad de Transparencia de la ADEMAF, queda encargada de la revisi6n yproposici6n de modificaciones o ajustes al presente Codigo, en funcion al an5lisis de laexperiencia recogida en su aplicaci6n.

Articulo 7. (DEBER DE CONOCIMIENTO).

L Las servidoras y servidores publicos de la ADEMAF tienen la obligaci6n de conocer,adoptar y cumplir el presente C6digo de Etica.

ll. La Unidad de Transparencia de la ADEMAF, en coordinaci6n con la Direcci6nAdministrativa Financiera, difundi16 el contenido del C6digo de Etica en el periodo deinducci6n, debiendo proporcionar una copia del mismo a las servidoras y servidorespriblicos antes de su posesi6n.

lll. Trat6ndose de servidoras y servidores p[blicos que se encuentran prestandofuncrones, la Unidad de Transparencia organizarA eventos con el prop6sito de darles aconocer oficialmente el contenido y los alcances del C6digo de Etica.

Articulo 8. (DEBER DE SUSCRIPCION).

Las servidoras y servidores plblicos de la ADEMAF, al momento de tomar posesi6n oasumir el puesto, deberen suscribir un compromiso de cumplimiento a las disposicionescontenidas en el presente C6digo de Etica, bajo responsabilidad por la funcion p0blica.

El compromiso suscrito, formara parte del file personal de las servidoras y servidoresp0blicos.

Articulo 9. (FOMENTO DE LA CULTURA ETICA).

Todas las servidoras y servidores piblicos deben fomentar una cultura 6tica, basada enel respeto y la consideraci6n humana.

Articulo 1 0. (INCENTIVOS).

El cumplimiento, observancia y fomento del presente C6digo de Etica, genera para lasservidoras y servidores p[blicos, el reconocimiento de incentivos.

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La conducta de las servidoras y seruidores p0blicos de la ADEMAF ajustada a lasnormas, principios y valores de este Codigo, ser6 referencia valorativa v6lida para laevaluaci6n que se haga del servicio prestado por estos y merecerd calificacion dentro dela evaluacion del desempef,o.

La Unidad de Transparencia, en coordinacion con la Unidad de Recursos Humanos,publicar6 periodicamente cuadros de honor donde figurarin las servidoras y servidoresp0blicos, que se hayan destacado en el cumplimiento de lo establecido en este Codigo.

Las servidoras y servidores p0blicos de la ADEMAF que durante el 0ltimo afro de serviciohayan presentado buena conducta, ser6n propuestos para hacerse acreedores dereconocimientos o condecoraciones que ser6n otorgados el Dla del Trabajo y en otrasfechas significativas dentro de la ADEMAF.

CAP|TULO ttDEFINICTON DE PRINCIPIOS ETICO - MORALES Y VALORES

Articulo 1 1. (PRINCIPIOS).

Entre los principios primordiales que asumimos las servidoras y servidores p0blicos de lade la ADEMAF ademds de los propios de nuestra formacion, estdn los siguientes:

a) Ama qhilla (No seas FLOJO): Las servidoras y servidores p0blicos, debenrealizar sus actividades cotidianas con entereza y compromiso, sinti6ndose parteimportante del proceso de construcci6n del Estado Plurinacional de Bolivia,cumpliendo con su trabajo productivamente, sin desperdiciar el tiempo asignado,para que sus resultados logren el cumplimiento de los fines de la entidad a la quesirven. Su trabajo estar6 orientado por la disciplina, puntualidad y honestidad entodo eltiempo que demande su jornada laboral.

b) Ama llulla (No seas MENTIROSO): Los actos de las servidoras y servidorespriblicos, deben regirse en el marco de la verdad, ya sea en su relaci6n intra-laboral como en su vinculacion externa. La verdad, es un instrumento de trabajoimprescindible y se constituye en la garantia de transparencia institucional.

c) Ama suwa (No seas LADRON): Las servidoras y servidores publicos, son loscustodios naturales de los bienes y activos que se encuentran a su cargo y queson patrimonio de la ADEMAF, por lo tanto no pueden disponer ilegalmente de losmismos, ni utilizarlos para fines distintos a los que se encuentran destinados.

d) Suma Qamafra (VlVlR BIEN): Las servidoras y servidores p0blicos, fortalecer6nel compromiso con el servicio publico hacia la ciudadania.

e) Legitimidad: Las servidoras y servidores p0blicos desarrollan sus actividades convalidez, justicia y eficacia social, satisfaciendo las necesidades de la poblacion.

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Legalidad: Los actos de las servidoras y servidores p0blicos, se ajustan a loestablecido en la Constitucion Politica del Estado Plurinacional, las leyes ydisposiciones normativas subyacentes.

lmparcialidad: Las servidoras y servidores p0blicos resuelven peticiones yconflictos en funci6n de los intereses sociales y con justicia.

Publicidad: Los actos de las servidoras y servidores p0blicos y de laAdministracion P0blica no pueden estar al margen del Control Social y tampocorequieren de solicitud expresa para ser transparentes.

Compromiso e inter6s social: Todo acto de las servidoras y servidores p0blicos,se desarrollard velando por un buen servicio a la poblacion, empatla y solidaridad.

Etica: Compromiso efectivo de las servidoras y servidores p0blicos con principiosy valores establecidos en la Constituci6n Polltica del Estado Plurinacional, que loconducen a un idoneo desempef,o personal y laboral.

Transparencia. Desemperio visible y abierto a toda la poblacion, con acceso a lainformaci6n itil, oportuna, pertinente, comprensible, confiable y verificable yparticipacion ciudadana a trav6s de la rendicion publica de cuentas realizada anteel Control Social.

lgualdad: Trato equitativo a todos los ciudadanos a quienes prestan un serviciop0blico o tienen alguna peticion ante la Administracion P0blica, sin ning0n tipo dediscriminacion.

Competencia: Ejercicio de las funciones p0blicas con capacidad t6cnica y 6tica.

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n) Eficiencia: Cumplimiento de los objetivos y las metas trazadas, optimizando losrecursos disponibles oportunamente.

Calidad: Satisfaccion optima de las necesidades de la poblacion en la prestacionde servicios u otro tipo de relacionamiento con la Administracion P0blica.

Calidez: Trato amable, cortds, cordial, respetuoso y con amplio sentido decooperaci6n entre servidoras y servidores publicos en general y con la poblacionque acude a la Administracion P0blica en particular.

Honestidad: Actuacion correcta en el ejercicio de las funciones p[blicas, conbase en la verdad, transparencia y justicia.

Responsabilidad: Ejercicio de las funciones p0blicas con capacidad, 6tica,eficiencia, calidad, honestidad, asumiendo las consecuencias de las acciones yomisiones en el desempefro de las mismas.

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s) Resultados: Logro de los objetivos institucionales y la satisfacci6n de lasnecesidades de la poblaci6n.

Articulo 1 2. (VALORES).

Entre los valores primordiales que asumimos las servidoras y servidores p0blicos de laADEMAF, ademds de los propios de nuestra formacion, est6n los siguientes:

a) lnclusi6n: Acceso en igualdad de oportunidades en la funcion pOblica, para quepersonas individuales o colectivas sean y se sientan parte del inter6s colectivo.

b) Dignidad: Respeto a si mismos, a los dem6s compafreros de trabajo, poblacionen general, sin ningtn tipo de acciones que menoscaben su honorabilidad.

c) Solidaridad: Acciones de ayuda, que desarrollan las servidoras y servidoresp0blicos entre si, hacia los usuarios y poblacion en general que la necesita.

d) Respeto: Reconocimiento a las diferencias 6tnicas sociales y a la diversidadcultural de la poblacion, donde la servidora y el servidor p0blico, debe serconsiderado por los usuarios y compafreros de trabajo independientemente de sucondicion economica-social.

Complementariedad: Sin la colaboracion del otro no se puede progresar. El serhumano debe respetar la naturaleza al igual que a sus cong6neres. El serviciop0blico no existiria, si no existiese el pueblo al cual nos debemos.

Armonia: Cada una de las servidoras y servidores pUblicos, deben demostrarejemplos de vida sana para generar un esplritu de cordialidad y armonla,condiciones bdsicas para el vivir bien, en este sentido se debe prestar losservicios en la funcion p0blica.

Bienestar comfn: Las servidoras y servidores p0blicos, deben colaborar a esteanhelo, prestando el servicio p[blico y ejerciendo sus funciones en el marco del finsefialado.

Disciplina: Obediencia en razon de la jerarqula, sin que de ello, implique usoabusivo del nivel jer6rquico o de dependencia. No consider6ndose disciplina larealizacion de actos en contra la moral o de cuyas acciones emanenresponsabilidad civil, administrativa o penal.

CAPITULO‖ l

PROMOCiON DE LA ET:CA PUBLiCA

Articu:o13.(UN:DAD DE TRANSPARENC:A).

La Unidad de Transparencia de la ADEMAF, debe ‖eva「 adelante la promoc16nperrnanente de la ёtica de las servldoras y servldores pttb‖ cos, irnpulsando un clima y

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cultura organizacional basada en el cumplimiento del presente Codigo, los principios yvalores establecidos en la Constituci6n Politica del Estado y otras disposicionesrelacionadas con el ejercicio de las funciones propias de la ADEMAF

Articulo 14. (FUNCIONES PARA LA PROMOCION DE LA EftCel.

La Unidad de Transparencia desarrolla16 las siguientes funciones:

a) Capacitacion continua a las servidoras y servidores p0blicos de la ADEMAF, entemas relativos a la 6tica.

b) Apoyo en el proceso de induccion de las nuevas servidoras y servidores p0blicos.c) lmplementaci6n de mecanismos que aseguren la evaluacion pr6ctica de las

disposiciones del presente C6digo, de manera que sus resultados contribuyan asu desarrollo, fortalecimiento y efectiva aplicacion.

d) Recepcion y absolucion de consultas relativas a la 6tica pOblica.e) Recepci6n y tratamiento de denuncias tanto de servidoras y servidores p0blicos

de la ADEMAF, como de personas ajenas a ella y remision a las instancias legalescorrespondientes para su sancion.

0 Coordinacion de actividades con el Ministerio de Transparencia lnstitucional y

Lucha Contra la Corrupcion y otras lnstituciones.g) Coordinacion de actividades con la Direccion General del Servicio Civil del

Ministerio de Trabajo, Empleo y Prevision Social y otras entidades p0blicas

relacionadas con la Etica P0blica.

h) Publicaci6n peri6dica de valores y principios del Codigo de Etica.

CAPiTULO IVDEL EJERCICIO DE AUTORIDAD

Articuto 15. (DEFINICION DE AUTORTDAD).

La autoridad, es la atribucion que las leyes del Estado Plurinacional de Bolivia confiere atodo servidor publico para el ejercicio de sus funciones, segun su nivel jerdrquicootorg6ndole la responsabilidad de tomar decisiones. dirigir a otras servidoras y servidorespublicos y administrar los recursos del Estado Plurinacional de Bolivia.

La autoridad se la ejerce con el unico fin de velar por el inter6s colectivo, cumplir con lasfunciones encomendadas y metas asignadas, en el marco de los principios descritos enel presente Codigo, dando ejemplo en su conducta, desempefio y trato.

Articulo 16. (NORMAS DE CONDUCTA PARA EL EJERCICIO DE LA AUTORTDAD).

Las servidoras y servidores p0blicos de la ADEMAF, adem6s de observar los principiosde conducta establecidos en el artlculo 12 del presente Codigo, conducir6n sus actos enlas siguientes normas de conducta para el buen ejercicio de la autoridad:

a) Lograr el respeto de otras servidoras y servidores publicos y del publico engeneral,

Aplicar con prontitud y oportunidad los valores y normas de conductaestablecidas en el presente C6digo.Actuar con imparcialidad en sus decisiones.Afrontar con serenidad los contratiempos.Preservar y precautelar la imagen del Estado Plurinacional de Bolivia en susactos y conducta, dentro de la entidad como fuera de ella.Adoptar medidas de control y proteccion necesarios en resguardo de losrecursos de la ADEMAF.Permitir el escrutinio p0blico de sus actos y decisiones siendo ejemplo entodo momento para las servidoras y servidores p0blicos y sobre todo para losque se encuentran bajo su dependencia.Cumplir las obligaciones con eficiencia y transparencia.Tomar decisiones con oportunidad dando soluci6n a los problemas en elmarco de sus atribuciones y competencras.Adoptar decisiones bajo situaciones imperantes que eviten, minimicen oneutralicen los efectos de fuerza mayor dentro de lo razonablemente posible,Cultivar relaciones interpersonales favorables con otras u otros servidoresp0blicos o publico en general.Cooperar a sus dependientes, prestando asistencia, guia y respaldooportuno.

m) Excusarse de conocer y resolver determinados asuntos, cuando mantenga ohaya tenido relacion de parentesco, afinidad, enemistad o de dependenciaeconomica con los interesados durante los dos 0ltimos afros anteriores a sudesignacion.

n) Brindar atencion a cualquier persona con cortesla, imparcialidad y respeto asus derechos, considerando sus legitimas demandas y excus6ndose cuandoexistan conflictos de intereses.

o) Respetar la independencia de otras servidoras y servidores p0blicos,quedando impedidos de inducir, interferir, influir en el tratamiento, atencion osoluci6n de casos, tr6mites o asuntos de inter6s particular.

p) Defender los intereses del Estado Plurinacional de Bolivia, no permitiendoque intereses particulares, sectoriales o politicos influyan o determinen susdecisiones.

q) Adoptar medidas necesarias de prevencion y control para la lucha contra lacorrupcion.

r) Realizar criticas responsables a determinados asuntos inherentes a su cargo.s) Dictar 6rdenes y resoluciones en concordancia con leyes, normas u otras

determinadas dentro de los plazos y formas establecidas por Ley.

CAPITULO VCONFLICTO DE INTERESES

Articulo 17. (DEFtNICION).

Se entiende por conflicto de intereses toda situacion o evento en que los interesesparticulares, directos o indirectos de algunas servidoras o servidores p0blicos,contravengan a los intereses de la entidad, interfiriendo con los deberes que le competen,

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o lo lleven a actuar en su desempefro por motivaciones diferentes al bien comun o losintereses del Estado.

Articulo 18. (DEBER DE ABSTENCTON).

Las servidoras y servidores p0blicos de la ADEMAF, deben abstenerse de mantener,fomentar o generar relaciones y situaciones, en cuyo contexto sus intereses personales,laborales, economicos pudieran estar en conflicto con los de la entidad.

En ese sentido, toda servidora y servidor p[rblico en ejercicio de sus funciones, no podr6

dirigir, administrar, asesorar, patrocinar, representar, prestar servicios, remunerados o no,

a personas juridicas o naturales; asimismo, no podr6 convertirse en socio o accionista deuna asociaci6n o compafria o en parte de un contrato que tenga relaci6n con la actividadp0blica inherente a su cargo.

Articulo 19. (OBLIGACION DE COMUNICACION Y EXCUSA).

Las servidoras y servidores p0blicos, sin importar su jerarquia se encuentra obligado acomunicar en forma expresa, escrita y oportuna a la autoridad competente, los conflictosde intereses que se presenten en el ejercicio de sus funciones.

Las servidoras y servidores pOblicos, tienen la obligaci6n de excusarse o abstenerse deejercer sus funciones y competencias en todos aquellos casos en los que tenga conflictode intereses.

Articulo 20. (SITUACIONES QUE GENERAN CONFLICTO DE !NTERESES).

Dentro el 6mbito de la ADEMAF, de manera enunciativa y no limitativa, existe conflicto deintereses en los siguientes casos:

a) Aceptacion o solicitud de regalos, beneficios, gratificacionesb) Nepotismoc) lntereses econ6micos y relaciones comercialesd) Actividades politicas, sectoriales o religiosase) Actividadesexternas

Articulo 21. (EXCEPCIONES).

Los regalos, beneficios y gratificaciones que se brinde a las servidoras y servidoresp0blicos de la ADEMAF, estar6n sujetos a las siguientes excepciones.

Cuando provenga de h6bitos culturales p0blicos.Cuando sean reconocimientos protocolares.Cuando sean gastos de viaje y estadia recibidos deenserianza o entidades sin fines de lucro.Cuando su aceptaci6n sea estrictamente necesariafunciones.

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Marror.Sion.s y ronas Frontcrlrer

Cuando existan bonificaciones, promociones, descuentos y otros beneficios queson ofrecidos al p0blico en general y no exclusivo a la servidora y servidor p0blico.Cuando sea material promocional y/o de imagen institucional.En ocasiones tradicionales como matrimonio, cumpleafros, nacimiento,enfermedad y navidad.Cuando implique una accion solidaria.

Articulo 22. (NEPOTISMO).

Se entiende por nepotismo, a la tendencia de algunas autoridades p0blicas para darempleo u otros beneficios p0blicos a familiares o amtgos.

Articulo 23. (TNTERESES ECONOMICOS Y RELACIONES COMERCIALES).

Se generan conflictos de intereses economicos cuando una servidora o servidor p0blico,familiares o personas afines son propietarios, socios, accionistas, ejercen control o sonrepresentantes de empresas u organizaciones relacionadas con la entidad p0blica.

Toda servidora o servidor p0blico, deber6 presentar su excusa de participaroportunamente de acciones, decisiones o recomendaciones en una o m6s de lassiguientes situaciones:

a) Procesos de contrataci6n de personal cuando se presenten a estas, personasallegadas, amigos o donde existan otros intereses.

b) Adquisicion o alquiler de bienesc) Contrataci6n de servicios.d) Proposici6n o aprobacion de procedimientos administrativos u operativos.e) Preparacion de remates o negociacion de contratos, convenios o acuerdos.0 Ser proveedor por s[ o por terceros.g) Adquirir, tomar en arrendamiento u obtener concesiones, bienes puiblicos,

contratos de obras o servicios de aprovisionamiento para cualquier institucion a sunombre en forma directa o indirecta.

Articuro 24. (ACTtVtDADES pOLiTtCAS y RELtctOSAS).

Las servidoras y servidores p0blicos de la ADEMAF, en el desarrollo de sus funcionesdeberSn:

Abstenerse de cumplir funciones con intencion politica, ideologica, sectorial oreligiosa.Abstenerse de exigir o solicitar el cobro o descuento de cuotas o contribucionespara fines pollticos a otras servidoras o servidores publicos u otras personasparticulares.Abstenerse de exigir o solicitar participaci6n o afiliacion a un determinado partidopolitico o religion para optar o permanecer en un determinado cargo publico.Abstenerse de impedir o influir en la afiliaci6n o desafiliacion de servidoras oservidores p0blicos en una determinada asociacion u organizacion.

e) Abstenerse de obligar o inducir a subalternos a la asistencia a actos politicos oreligiosos de cualquier naturaleza o impedir la asistencia de estos fuera de suhorario de trabajo.

0 Abstenerse de realizar o difundir propaganda politica o religiosa entre lasservidoras y servidores p0blicos de la entidad, en horarios de trabajo.

Articulo 25. (OTRAS ACTIVIDADES EXTERNAS).

Las actividades externas como ser voluntariado, beneficencia, deportivas y aquellasrelacionadas a estas, no generan conflicto de intereses; estAn permitidas en tanto nosean desarrolladas en la jornada laboral.

CAPITULO VIATENCTON DE DENUNCIAS POR VULNERACION A PRINCIPTOS Y VALORES

Articulo 26. (CONOCIMIENTO Y ATENCION DE LAS DENUNCTAS).

Toda denuncia por vulneracion al presente Codigo de Etica deber6 presentarse ante laUnidad de Transparencia de la ADEMAF, de forma verbal y/o escrita, esta 0ltima deberdcontener en lo posible.

a) La suma o sintesis de la accion denunciada.b) El nombre, domicilio y generales de ley del (la) denunciante o del (la)

representante legal, si se tratare de persona juridicac) Solicitud expresa de reserva de identidad en el caso de ser requerida por el (la)

denunciante.d) El nombre y cargo del (la) denunciado (a).e) La denuncia concreta, design6ndola con toda exactitud.0 El derecho vulnerado en funcion al C6digo de Etica.g) Documentaci6n de respaldo.

Articulo 27. (RESPONSABTLTDAD DE DENUNCTAR LAS FALTAS A LA EICA).

Cualquier servidora o servidor pOblico, podrd presentar denuncia sobre presuntas faltas6ticas, las mismas deber6n ser realizadas en un marco de veracidad, responsabilidad eintegridad, aspectos que para todos los efectos legales deberdn ser considerados yanalizados al momento de evaluarse las denuncias formuladas.

El denunciante no ser6 considerado parte del proceso, estando limitada su actuacion apresentar al momento de realizar la denuncia, todas las pruebas que tuviese en su poder.

La servidora o servidor p0blico denunciante tiene el derecho a solicitar el resguardo de suidentidad, derecho que le serd brindado al momento de presentar la denuncia.

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ARTICUL0 28.(SANC10NES A LAS VULNERAC:ONES DE LOS PR!NCIP:OS YVALORES).

Las vulneraciones a los principios y valores establecidos en el presente C6digo de Ёtica

se remiten a lo establecldo en el articulo 29 de la Ley N° 1178 de AdrninlstraciOn yControl Gubernamentales y articulos 1 3, 14y21 del Reglamento de la Responsab‖ idadporla Func10n Plblica aprobado por el Decreto Supremo N。 23318-A y rnodlficado porlosDecretos Suprennos N° 26237 de 29 deluniO de 2001 y N° 29820 de 26 de noviemb「 e de2008.

D:SPOSIC10N FINAL

D:SPOS:C10N F:NAL UN:CA.

El presente C6digo de Etica de las servidoras y los ser面 dores plblicos de la ADEヽ』AF,entrara en vigencia una vez que sea compatibillzado por el Ministerio de Trabalo,Empleoy Previsi6n Social y aprobado por la Maxima Autondad Elecut市 a de la ADEMAF,mediante Resoluci6n Administrat市 a

DiSPOSIC10N TRANSiTORIA

D:SPOSICiON TRANSITORIA UNICA.

Las servidoras y servidores plb‖ cos que se encuentran desempenandO funclones en laADEMAF suscribiran un cOmprorniso en el plazo de 90 dias hab‖ es a partir de la vigencia

del COdigo de Ёtica, que comprometa el conocinniento y cumplirniento del presenteC6digo

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