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Derecho de la Seguridad Social

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DERECHO DE LA SEGURIDAD SOCIAL

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Sesión 9 Los sistemas para el retiro. El seguro de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez. Guarderías y prestaciones sociales.

ϕ Contextualización Los sistemas para el retiro, vienen descritos en una ley especial denominada Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro, Publicada en el Diario Oficial de la Federación el 23 de mayo de 1996, en dónde establece el régimen de los sistemas de ahorro para el retiro y los diferentes tipos de sistemas. La Ley del Seguro Social, establece en la sección segunda, capítulo VI, del Título Segundo, a partir de su artículo 152, la modalidad del seguro de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez, y nos habla: • Sección Primera: habla de las generalidades de dicho seguro • Sección segunda: ramo de cesantía en edad avanzada • Sección tercera: ramo de vejez, • Sección cuarta: ayuda para gastos de matrimonio • Sección quinta: régimen financiero • Sección sexta: pensión garantizada • Sección séptima: cuenta individual de las sociedades de inversión

especializadas de fondos para el retiro. Y por último, la misma Ley del Seguro Social, establece en la sección segunda, capítulo VII, del Título Segundo, a partir de su artículo 201, la modalidad del seguro de guarderías y de las prestaciones sociales, en su sección primera habla del ramo de guarderías, en la sección segunda del ramo de las prestaciones sociales, la sección tercera del régimen financiero, la sección cuarta de las prestaciones de solidaridad social.

Objetivo: El estudiante identificará qué tipo de regímenes aplican para el retiro y cuáles son los diferentes tipos de sistemas. De igual forma, identificará cuál es el concepto de seguro de retiro, cesantía, edad avanzada y vejez, cuáles son los derechos que éstos otorgan y los requisitos para tener derecho a las prestaciones que dicho seguro otorga, y por último cuál es la finalidad del seguro de guarderías y las prestaciones sociales, así como los servicios que de acuerdo a la ley contemplan las prestaciones sociales, y cuál es la cobertura de dicho seguro.

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ϕ Introducción al tema:

En el presente capítulo analizaremos tres temas relativos a los seguros que ofrece el seguro social y cada uno se relaciona con;

1. Los sistemas para el retiro (“SAR”), 2. El seguro de cesantía en edad avanzada y vejez, sus conceptos, los

derechos que otorga dicho seguro y los requisitos que hay que cubrir para poder tener acceso a dicho seguro.

3. El seguro de guarderías y prestaciones sociales.

Creemos importante que conozcas los conceptos anteriores, a efectos de que puedas brindar una asesoría integral a tus clientes, ya sea empresas fungiendo como patrones, o personas físicas en su papel de trabajadores.

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ϕ Explicación

14. Los sistemas para el retiro: 14.1 Régimen de los sistemas para el retiro

Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro

Artículo 3.- Para los efectos de esta ley, se entenderá por: …

X. El SAR son los sistemas regulados por las leyes de seguridad social que prevén que las aportaciones de los trabajadores, patrones y del Estado sean manejadas a través de cuentas individuales propiedad de los trabajadores, con el fin de acumular saldos, mismos que se aplicarán para fines de previsión social o para la obtención de pensiones o como complemento de éstas.

La Comisión de los Sistemas de Ahorro para el Retiro, de la cuál dependen los SAR, se conforma de la siguiente manera:

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Los trabajadores afiliados tienen derecho a la apertura de su cuenta individual de conformidad con la Ley del Seguro Social, en la administradora de su elección.

Las cuentas individuales de los trabajadores afiliados se integran por las siguientes subcuentas:

14.2 Diferentes tipos de sistemas

La Comisión de los Sistemas de Ahorro para el retiro contempla dos tipos de sistemas de ahorro: • El primero de ellos (ahorro voluntario), tiene los siguientes beneficios: a) Incrementas el monto de tu pensión. b) Tiene rendimientos altamente competitivos en el largo plazo. c) Tiene los siguientes beneficios fiscales:

Retiro, cesantía en edad avanzada y

vejez Vivienda Aportaciones

voluntarias

Aportaciones complementarias

de retiro

1.- Ahorro voluntario 2.- Ahorro solidario

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• El segundo de ellos (el ahorro solidario), es un derecho establecido en la Ley del ISSSTE que permite al trabajador aportar recursos propios a su cuenta individual, adicionales a las aportaciones obligatorias, los cuales se invierten en la subcuenta de ahorro solidario.

Existen 2 opciones para realizar el ahorro solidario:

15. El seguro de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez 15.1 Conceptos. La Ley del Seguro Social establece que el seguro de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez, es el seguro mediante el cual:

El asegurado ahorra para su vejez, y por lo tanto, los riesgos que cubre son el retiro, la cesantía en edad avanzada y la vejez del trabajador, así como la muerte de los pensionados por dicho seguro. • El trabajador tiene derecho a una

pensión, asistencia médica y a las asignaciones familiares y ayuda asistencial que marca la Ley. El artículo 154 de la Ley del Seguro Social, establece que existe cesantía en edad avanzada cuando el asegurado quede privado de trabajos remunerados a partir de los 60 años de edad.

1.- Ahorrar el 1% del Sueldo Básico de Cotización y 2.- Ahorrar el 2% del Sueldo Básico de Cotización.

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15.2 Derechos que otorgan

• El Artículo 155 de la Ley del Seguro Social establece que la contingencia consistente en la cesantía en edad avanzada, obliga al Instituto al otorgamiento de las prestaciones siguientes:

15.3 Requisitos para tener derecho a las prestaciones que

otorgan

Para tener derecho al seguro de vejez, se requiere que:

• El asegurado haya cumplido 65 años de edad • Tenga reconocidas por el Instituto un mínimo de 250 cotizaciones

semanales. • En caso que el asegurado tenga 65 años o más y no reúna las semanas

de cotización señaladas, podrá retirar el saldo de su cuenta individual en un asola exhibición o seguir cotizando hasta cubrir las semanas necesarias para que opere su pensión.

Para tener derecho al seguro por cesantía en edad avanzada, se requiere: • Que el asegurado tenga reconocidas ante el Instituto un mínimo de

1250 cotizaciones semanales, y si no reúne las semanas de cotización señaladas, podrá retirar el saldo de su cuenta individual en una sola exhibición o seguir cotizando hasta cubrir las semanas necesarias para que opere su pensión.

Pensión Asistencia Médica

Asignaciones familiares

Ayuda Asistencial

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16. Guarderías y prestaciones sociales: 16.1 Finalidad del seguro de guarderías y prestaciones sociales

• La finalidad del seguro de guarderías es: Cubrir el riesgo de no poder proporcionar cuidados durante la jornada de trabajo a sus hijos en la primera infancia, de la mujer trabajadora, del trabajador viudo o divorciado, o de aquél que judicialmente se le hubiera confiado la custodia de sus hijos, mediante el otorgamiento de las prestaciones establecidas

en el capítulo VII de la Ley del Seguro Social. Establece que las prestaciones sociales institucionales tienen como finalidad fomentar la salud, prevenir enfermedades y accidentes y contribuir a la elevación general de los niveles de vida de la población.

16.2 Servicios que contemplan las prestaciones sociales

Las prestaciones sociales comprenden:

a) Prestaciones sociales institucionales y b) Prestaciones de solidaridad social.

El IMSS proporcionará a sus derechohabientes mediante servicios y programas de prestaciones sociales que fortalezcan la medicina preventiva y el autocuidado de la salud y mejoren su economía e integridad familiar.

Artículo 201. Ley del seguro social

Artículo 209. Ley del seguro social

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Las prestaciones sociales institucionales serán proporcionadas mediante programas de (artículo 210 de la Ley del Seguro Social):

I. Promoción de la salud, difundiendo los conocimientos necesarios a través de cursos directos, conferencias y campañas de bienestar, cultura y deporte, y del uso de medios masivos de comunicación;

II. Educación higiénica, materno infantil, sanitaria y de primeros auxilios; prevención de enfermedades y accidentes;

III. Mejoramiento de la calidad de vida a través de estrategias que aseguren costumbres y estilos de vida saludables, que propicien la equidad de género, desarrollen la creatividad y las potencialidades individuales, y fortalezcan la cohesión familiar y social;

IV. Impulso y desarrollo de actividades culturales y deportivas, recreativas y de cultura física y en general, de todas aquéllas tendientes a lograr una mejor ocupación del tiempo libre;

V. Promoción de la regularización del estado civil; VI. Cursos de adiestramiento técnico y de capacitación para el trabajo, a fin

de propiciar la participación de la población en el mercado laboral, de lograr la superación del nivel de ingresos a los capacitados y contribuir a la satisfacción de las necesidades de la planta productiva. Dichos cursos podrán ser susceptibles de validación oficial;

VII. Centros vacacionales; VIII. Superación de la vida en el hogar, a través de un adecuado

aprovechamiento de los recursos económicos, de mejores prácticas de convivencia y,

IX. Establecimiento y administración de velatorios, así como otros servicios similares.

16.3 Cobertura del seguro

Según la Sección Tercera de la Capítulo VII de la Ley del Seguro Social establece que el monto de la prima para el seguro de guarderías será del 1% sobre el salario base de cotización, y para el caso de prestaciones sociales solamente se podrá destinar el 20% de dicho monto.

Las prestaciones de guardería infantil incluirán el aseo, la alimentación, el cuidado de la salud, la educación y la recreación de los menores.

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ϕ Conclusión:

En el presente capítulo analizamos los temas del seguro de invalidez y vida que va de la mano con los sistemas para el retiro.

El primero de dichos temas lo encontramos descrito en la Ley del Seguro Social, como uno de los seguros de aportación obligatoria que señala dicha ley.

El segundo de dichos temas lo encontramos en la Ley para los Sistemas de Ahorro para el Retiro, en dónde se señalan las características del sistema de ahorro para el retiro en México, así como de la Comisión para los Sistemas de Ahorro para el Retiro.

Por su parte, el tema relativo al seguro de guarderías y de prestaciones sociales se encuentra comprendido en el Capítulo VII de la Ley del Seguro Social, a partir del artículo 201 de la misma, y en dicho capítulo se analizan los siguientes conceptos:

Es importante que conozcas en qué ley debes de buscar los distintos conceptos que se enumeran en el presente capítulo, a efectos de poder dar una asesoría integral a tus clientes, cuándo éstos así lo soliciten.

El ramo de las guarderías

El ramo de las prestaciones sociales

El régimen financiero del seguro de guardería y de

prestacines sociales

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ϕ Para aprender más:

Pensiones IMSS • Pulidc, E. (2010) ¿Qué son las Prestaciones Sociales? Video disponible

en: https://www.youtube.com/watch?v=CKU7uzPRYi0

¿Qué son las prestaciones sociales?

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ϕ Actividad de Aprendizaje:

Instrucciones:

Con la finalidad de reforzar los conocimientos adquiridos a lo largo de esta sesión, ahora tendrás que llenar la siguiente tabla con los datos que se te piden:

Concepto o definición

Finalidad Derechos que

otorgan

Requisitos Prestaciones y cobertura

Sistemas para el retiro

X

El seguro de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez

X

Guarderías y prestaciones sociales

Guarda tu tabla y entrégala de acuerdo a las indicaciones de tu profesor.

Esta actividad representa el 5% de tu calificación y se tomará en cuenta lo siguiente:

• Tus datos generales. • Tabla llenada de forma correcta y completa con los aspectos que se

piden. • Ortografía y redacción.

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ϕ Bibliografía:

Barajas, M. S. (2001). Derechos del pensionado y del jubilado, 2ª. Edición, UNAM, Cámara de Diputados, LVIII Legislatura, México. Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro. Moreno, P, J. (s/f). Seguridad Social Obligatoria y Voluntaria. Biblio.jurídicas.unam.mx/libros/5/2458/34 Reglamento a la Ley del Seguro Social.

ϕ Cibergrafía

Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión (2005). Reglamento a la Ley del Seguro Social.

http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/regley/Reg_LSS_MACERF.pdf

IMSS. Página oficial Disponible en: www.imss.gob.mx

Pulidc, E. (2010) ¿Qué son las Prestaciones Sociales? Video disponible en:

https://www.youtube.com/watch?v=CKU7uzPRYi0

S/a (s/f). La seguridad social en México. Bibliojurídicas UNAM. Disponible en:

http://biblio.juridicas.unam.mx/libros/5/2493/4.pdf

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